Proyecto de Orden de modificación de la regulación de diversos modelos del IRNR: 210, 211, 213 y de declaración de residencia fiscal
La AEAT ha publicado en su página web un Proyecto de Orden de modificación de diversas órdenes ministeriales:
- Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes.
- Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, por la que se aprueba el modelo 291 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes», así como los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, y se establece el procedimiento para su presentación telemática por teleproceso.
- Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre, por la que se aprueba la declaración de residencia fiscal a efectos de aplicar la excepción de comunicar el número de identificación fiscal en las operaciones con entidades de crédito, así como la relación de códigos de países y territorios.
En cuanto a las novedades que se introducen en la Orden que regula los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213, destaca la incorporación de un artículo, concretamente el 17, para simplificar determinados procedimientos de declaración y acreditación aplicables en el caso de las entidades autorizadas para la gestión colectiva de derechos de la propiedad intelectual.
Por último, las modificaciones en las Ordenes EHA/3202/2008, de 31 de octubre y EHA/3496/2011, de 15 de diciembre, -que aprobaron modelos diferentes de declaración de residencia fiscal que, aunque obedecen a finalidades distintas, tienen en común el objetivo de acreditar ante las entidades financieras la condición de no residente de los interesados a los efectos previstos por la normativa para cada uno de los supuestos en que procede su utilización- se procede a la refundición en un único modelo de declaración de residencia fiscal, que será aplicable a los diversos supuestos.
Fuente: AEAT (27/10/2014)