Se publica Proyecto de Orden que prevé importantes modificaciones en el modelo 190
Este Proyecto de Orden modifica la Orden EHA/3127/2009 por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
La orden ministerial que se describe introduce varias modificaciones destacadas en la Orden EHA/3127/2009, la cual regula el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta modificación tiene como objetivo actualizar y adaptar este modelo para facilitar la presentación de las declaraciones fiscales y mejorar la asistencia a los contribuyentes.
1. Desglose de prestaciones por desempleo
Uno de los cambios principales es la introducción de un desglose adicional en las subclaves de la clave «C» del modelo 190, que se refiere a los rendimientos del trabajo por prestaciones o subsidios por desempleo. El objetivo de este desglose es distinguir con mayor claridad entre las prestaciones contributivas y las no contributivas. Esta diferenciación es necesaria, ya que el tipo de prestación (contributiva o no) puede influir en el cálculo y abono de otras ayudas, como el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esto será particularmente importante a partir de la presentación del modelo 190 para el ejercicio 2025, cuyo plazo de presentación comenzará el 1 de enero de 2026. Esta medida busca garantizar que la Administración tributaria disponga de la información necesaria para proporcionar una asistencia más precisa a los contribuyentes en la cumplimentación de su declaración del IRPF.
2. Ampliación del campo "Reducciones Aplicables"
Otra modificación importante es la relativa a la posibilidad de incluir en el campo «Reducciones Aplicables» las retribuciones correspondientes a las claves E, F, G, H e I, además de las claves «A», «B» y «C» que ya lo permitían anteriormente. Este campo se usa para identificar retribuciones irregulares que pueden influir en el cálculo de retenciones. Con este cambio, las prestaciones derivadas de las claves mencionadas, que sean consideradas rendimientos irregulares o que tengan un período de generación superior a dos años, también podrán registrarse en dicho campo. Este ajuste facilita que la Administración tenga un mejor conocimiento de la naturaleza irregular de los rendimientos percibidos por los contribuyentes, permitiendo un cálculo más preciso del tipo de retención.
3. Incremento del límite exento para retribuciones en especie
La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, también afecta al modelo 190 al modificar la letra f) del apartado 3 del artículo 42 de la Ley 35/2006 del IRPF, ampliando a 50.000 euros el límite exento para las retribuciones en especie derivadas de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores de empresas emergentes. Esto significa que hasta esa cantidad, los empleados no tendrán que tributar por las retribuciones en especie. No obstante, cualquier exceso sobre este límite estará sujeto a tributación como rendimientos del trabajo, pero de manera diferida, según lo dispuesto en la regla especial de imputación temporal contenida en el artículo 14.2.m de la Ley del IRPF. Dado que este tipo de retribución tiene un tratamiento fiscal diferido, se ha decidido crear un nuevo campo en el modelo 190 para identificar cuándo se están registrando estas retribuciones en especie, lo que mejorará la transparencia y la claridad en la declaración.
4. Corrección de errores en el campo "Ceuta o Melilla"
Además, la orden corrige un error de transcripción que se había identificado en el campo «Ceuta o Melilla» del registro de perceptores. En este caso, se procede a modificar la referencia incorrecta al artículo 68.4.1º de la Ley del IRPF, sustituyéndola por la referencia correcta al artículo 68.4 de la misma ley. Esto asegura la coherencia legal del texto con el resto de la normativa vigente.
5. Habilitaciones normativas y justificación de las modificaciones
La orden se ampara en las habilitaciones normativas de diferentes leyes y reglamentos, como el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (Real Decreto 1065/2007), la Ley del IRPF (Ley 35/2006), la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014) y la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004).
Además, las modificaciones introducidas en esta orden buscan mejorar la precisión y eficiencia en el proceso de declaración de las retenciones del IRPF, adaptando el modelo 190 a las nuevas realidades normativas y simplificando los trámites para los contribuyentes.
Fuente: Ministerio de Hacienda (03/10/2024)