Publicado el Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2012
Enviado por Editorial el Jue, 01/03/2012 - 08:28
En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un Plan de control tributario, se ha publicado la Resolución de 24 de febrero de 2012, donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2012 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, articulándose el mismo en torno a tres grandes ámbitos:
- Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero.
- Control del fraude en fase recaudatoria.
- Colaboración con las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.
Las principales medidas y actuaciones que va a acometer la AEAT en el ejercicio 2012 en los citados ámbitos son las siguientes:
- Desarticulación de los circuitos de la economía sumergida: control integral de la importación y venta de mercancías procedentes de terceros países (fundamentalmente, de Asia) y actuaciones de investigación en el descubrimiento de los arrendamientos no declarados de viviendas y locales de negocio.
- Persecución de las conductas fraudulentas que generan alarma social: se perseguirá el empleo de facturas falsas, los entramados que abusan de formas societarias y operaciones con pago en efectivo de elevado importe.
- Hacer aflorar las rentas que han sido ocultadas a la Hacienda Pública Española por medio de la utilización de paraísos fiscales o residencias artificiales en el extranjero, utilizando para ello los datos obtenidos a través de acuerdos de intercambio de información con otras Administraciones Tributarias (Andorra, Panamá, Bahamas o Antillas Holandesas).
- Control de la deducción de gastos financieros generados artificiosamente y de las operaciones de ingeniería fiscal.
- Persecución del contrabando de cigarrillos.
- Medidas destinadas a lograr el ingreso efectivo de la deuda tributaria: máximo aprovechamiento de las posibilidades legales de embargo preventivo de bienes y derechos; aplicación de medidas de aseguramiento de pago de responsabilidades derivadas del delito fiscal y seguimiento de la situación patrimonial de los deudores que, de forma recurrente, no pagan sus deudas.
- Intercambio de información con las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas y persecución de la planificación abusiva que pretenda beneficiarse indebidamente de las diferencias normativas.
Nota de prensa del MHAP sobre el Plan General de Control Tributario