Reapertura progresiva de las oficinas de la Agencia Tributaria
A partir del 26 de mayo vuelven a estar abiertas para la atención presencial las oficinas de la Agencia Tributaria situadas en zonas que se encuentren en Fase II del proceso de desescalada establecido por las autoridades sanitarias. Por el momento, en esta fase los servicios de atención al público que se prestarán en las oficinas únicamente serán aquellos que, además de ser considerados esenciales, son los que se pueden atender por volumen de afluencia de público en el momento sanitario actual.
Estos servicios, que únicamente se prestarán con cita previa en las oficinas en las que se pueda cumplir con los requisitos sanitarios exigibles, serán entre otros los que se explicitan en el siguiente enlace:
Desde el día 25 de mayo se abre la posibilidad de solicitar cita previa para la atención presencial a través de las vías habituales:
- Por teléfono, llamando a los números 901 200 351 o 91 290 13 40 en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas. Estos teléfonos NO son válidos para pedir cita para la campaña de Renta 2019.
- Por Internet, en el siguiente enlace:
- A través de la app de la Agencia Tributaria
- En todo caso, las actuaciones relativas a procedimientos de comprobación e investigación que requieran la presencia del obligado tributario o de su representación, se realizarán previa cita en los términos indicados en las comunicaciones remitidas a dichos obligados
Si bien la aplicación de cita refleja todos los servicios habituales con cita previa, únicamente estarán habilitados los señalados en el enlace indicado al respecto, y únicamente para oficinas situadas en zonas que se encuentren en Fase II.
La atención presencial en las oficinas para el resto de servicios se irá habilitando progresivamente de acuerdo con la fase en la que se encuentre la zona donde esté situada cada oficina.
Por las razones previamente mencionadas, la confección presencial de declaraciones de IRPF en el marco de la Campaña de Renta sigue suspendida y supeditada a la evolución de las circunstancias sanitarias.
Fuente: AEAT (25/05/2020)