Selección de jurisprudencia. Abril 2022 (1.ª quincena)
Enviado por Editorial el Vie, 08/04/2022 - 12:54
- La extinción de la deuda aduanera por haberse decomisado las mercancías no conlleva la extinción de la deuda de los impuestos especiales y el IVA, respectivamente, para mercancías introducidas ilegalmente en el territorio aduanero de la Unión
- Vulnera la libre circulación de capitales la diferencia de trato establecida, no en función del Estado de residencia del organismo de inversión colectiva, sino en función de la forma jurídica que reviste dicho organismo
- El TJUE afirma que para exista establecimiento permanente en un Estado miembro a efectos del IVA debe existir una estructura que le permita recibir los servicios prestados por la sociedad residente en ese Estado y utilizarlos para su actividad económica
- El TJUE analiza la aplicación de la exención en el IVA a las prestaciones de servicios de hospitalización y asistencia sanitaria en establecimientos hospitalarios privados
- Las actuaciones de una Administración tributaria, incompetente por razón del territorio, a tenor del domicilio fiscal declarado por la contribuyente, interrumpen la prescripción con relación a la deuda tributaria de dicha contribuyente
- En los casos de propietario único, que además ejecuta las obras urbanísticas de las que resultan las parcelas urbanizadas que luego transmite, la AN concluye que existe actividad económica, y no estamos ante una sociedad patrimonial
- La AN confirma que un error contable no limita la deducibilidad del gasto, pero el gasto diferido contablemente se imputa al periodo de contabilización, salvo que determine una menor tributación
- En el cálculo de la pérdida patrimonial del IRPF no se tiene en cuenta el IIVTNU pues no es un tributo que "derive de la transmisión" del inmueble y no se aportan los documentos justificativos del ingreso del Impuesto
- La cancelación de cuentas de valores o fondos de inversión o el cambio de titularidad de cuentas corrientes que se hizo antes de la declaración de incapacidad no son actos de mera conservación o administración sino que implican la aceptación de la herencia
- Debe anularse la comprobación administrativa ya que aunque motivado el dictamen no responde a las deficiencias estructurales y el estado ruinoso de la edificación que debe demolerse y rehabilitase íntegramente