Selección de jurisprudencia. Abril 2024 (1.ª quincena)
Enviado por Editorial el Mar, 09/04/2024 - 11:02
- El TJUE resuelve que la Directiva IVA no se opone a una normativa nacional que establece que el incumplimiento de la obligación de registro a efectos del IVA conlleva la inaplicación de la exención y el nacimiento de una deuda de IVA
- El TJUE resuelve que el principio de efectividad se opone a una normativa nacional que no permite al consumidor final solicitar directamente al Estado miembro el reembolso del impuesto recaudado infringiendo el Derecho de la Unión
- El TJUE resuelve que los arts. 44 y 45 CAU no se oponen a una normativa nacional que establece la ejecutividad inmediata de las sentencias que aún no han adquirido firmeza cuando se refieren a recursos propios tradicionales de la Unión
- La decisión de un casino de usar solo un número de mesas a lo largo del ejercicio, no es ni una variación de orden físico, ni económico, menos aún jurídico a efectos del IAE cuyo objeto es gravar la mera actividad económica con independencia del resultado
- El tribunal acuerda mantener como urbano en el Catastro un terreno pero ante la falta de desarrollo y cumplimiento de los deberes urbanísticos, a efectos del IBI debe valorarse como rústico
- El TSJ de Castilla la Mancha no admite como gasto deducible en el IS los consignados en las facturas de adquisiciones de suministros, ya que éstas son irregulares pues muchas no detallan los materiales suministrados ni los precios unitarios
- No existe actividad económica de arrendamiento de inmuebles a efectos de IRPF, pues no figura contrato de trabajo ni tampoco se acredita la existencia de carga de trabajo suficiente para dedicar a tiempo completo una persona a su gestión
- Se acredita suficientemente el pago del impuesto en otro país (Bangladesh) al objeto de aplicar la deducción por doble imposición internacional en el IS respecto a los ingresos por la cesión de derechos de propiedad industrial (royalties)
- El TSJ de Castilla y León considera que la recurrente ha acreditado que su administrador realiza funciones que sin duda exceden de lo que se ha de considerar como las inherentes al cargo de administrador
- El cambio de titularidad a efectos del IVPEE de una central hidráulica y el cese en la actividad de producción de energía eléctrica debe comunicarse mediante el Modelo 588, no siendo suficiente para ello el Modelo 036 de baja en el censo de empresarios