Selección de jurisprudencia. Octubre 2023 (1.ª quincena)
Enviado por Editorial el Jue, 05/10/2023 - 10:51
- La política de vivienda social alemana no pude justificar la vulneración de la libre circulación de capitales el trato favorable en el Impuesto sobre sucesiones a los bienes inmuebles situados en un Estado miembro o en un Estado parte del Acuerdo sobre el EEE
- El TJUE estima que un órgano jurisdiccional nacional no puede mantener los efectos de una disposición de Derecho nacional que ha declarado incompatible con la Directiva 2006/112 basándose en una supuesta imposibilidad de devolver el IVA percibido indebidamente
- El TJUE avala aplicar distintos tipos de IVA a un mismo producto en función de que la venta se acompañe o no de servicios accesorios si respeta el principio de neutralidad fiscal y no son sustituibles entre sí al satisfacer distintas necesidades
- El TS se pronuncia sobre el cumplimiento del requisito de la edad que debe exigirse a cada uno de los donantes a efectos de aplicar las reducciones en el ISD por la transmisión de empresas familiares, incluidas las farmacias
- Cabe inferir conforme al criterio de la lógica humana que se produjo una operación vinculada entre la sociedad y su socio por los servicios personalísimos de asesoramiento en materia de responsabilidad social corporativa
- El importe del Impuesto de Matriculación, que había sido contabilizado como gasto en el IS por la entidad actora, hay que considerarlo como mayor precio de adquisición del vehículo
- La corrección de las bases imponibles negativas debe imputarse contable y fiscalmente al ejercicio 2016, al haberse reformulado las cuentas de 2016 como consecuencia del informe de auditoría en 2017 antes de la aprobación por la Junta General
- Se admite la deducibilidad de la pérdida por deterioro derivado de posibles insolvencias de deudores en el IS, al concurrir el requisito del transcurso del plazo de 6 meses desde el vencimiento de la obligación
- Se admite la deducibilidad en el IS de las retribuciones satisfechas al administrador ya que este, además de la titularidad del capital y de la representación de la obligada tributaria, lleva a cabo actuaciones profesionales propias de su labor sanitaria
- El TSJ de Castilla y León considera que una base de datos es, indiscutiblemente, una aplicación informática a efectos del IS, es decir, inmovilizado inmaterial o elementos patrimoniales intangibles con capacidad para generar ingresos en el futuro