Selección de jurisprudencia. Septiembre (2.ª quincena)
Enviado por Editorial el Mar, 24/09/2024 - 11:44
En actualización
- El TJUE reitera que los fondos mediante los que se concede una ventaja tarifaria, en virtud de la legislación nacional, constituyen «fondos estatales» en el sentido del art. 107.1 TFUE que prohíbe las Ayudas de Estado
- El TJUE confirma la calificación de ayuda de Estado prohibida por el TFUE de la ventaja concedida a modo de compensación por el Ayuntamiento de Bruselas a una empresa a la que permitía ocupar el dominio público local sin pagar rentas ni impuestos
- El TFUE permite conceder ventajas fiscales y sociales a los empleados de las empresas constructoras de ese Estado miembro si son apropiadas para reducir la diferencia salarial a escala de la Unión y evitar el trabajo encubierto y el fraude fiscal
- El Tribunal Supremo reietera que es posible establecer una tasa local por entradas y salidas de vehículos a través de las aceras, con independencia de que la acera este instalada sobre un terreno de propiedad privada
- El Tribunal Supremo resolverá si se aplica la exención d el art. 7.p) Ley IRPF a los tripulantes de buques de guerra de la Armada Española que naveguen en aguas internacionales, en el marco de operaciones de la OTAN
- El Tribunal Supremo debe completar y matizar su doctrina sobre la exención del art. 7 p) de la Ley del IRPF respecto a los empleados del Banco de España desplazados al Banco Central Europeo en el marco del Mecanismo Único de Supervisión
- El TS determinará el momento del devengo del ISD cuando la institución de heredero se haya hecho por testamento ológrafo, precisando la relevancia de su protocolización
- ATS: ¿la pérdida de la condición de prioritaria de una explotación agraria con posterioridad a la transmisión mortis causa, por causa ajena a dicha transmisión implica la pérdida de la reducción del 90 por ciento de la base imponible del ISD?
- La reserva de tasación pericial contradictoria implica la suspensión de la liquidación de ITP girada por la Administración estableciendo como base imponible el valor de referencia fijado por el Catastro
- El acceso ocasional del recurrente a la sede electrónica no convalida las notificaciones posteriores a la baja en el sistema de notificaciones electrónicas. Esta baja también afecta a la representación de una gestora previamente autorizada
- Es válida la notificación electrónica al cónyuge en tributación conjunta si es abogado y obligado a recibir notificaciones electrónicas, aunque no haya intervenido en el procedimiento que originó la liquidación notificada