No constituye el hecho imponible del IVA, en el marco de un contrato de permuta de solar por obra futura, entre una sociedad y un ayuntamiento, la subrogación en los derechos y obligaciones de la permutante inicial por otra entidad
La sentencia impugnada afirmó que estamos ante una prestación de servicios en virtud de las obligaciones asumidas en la escritura pública de 2010, y ello implica que deba repercutirse IVA por esa prestación de servicios, pero no porque se esté devengando de nuevo el IVA de la entrega de los futuros locales al Ayuntamiento, sino porque se libera a la otra sociedad de las obligaciones que ésta tenía con el Ayuntamiento, y por esta operación debe repercutirse el IVA correspondiente y es evidente que como consecuencia de la futura entrega al Ayuntamiento, cuyo devengo ya se produjo, conlleva el devengo de una prestación de servicios por la que debe repercutirse IVA, repercusión que debe realizarse como consecuencia de percibirse el terreno como pago anticipado. Considera la Sala que la liberación de la recurrente además de no conformar aquí, el hecho imponible del IVA, forma parte de la condición o contraprestación -junto con los cheques y talones- para permitir, por un lado, la salida de esta entidad de la ecuación jurídica en que consiste la permuta y, por otro lado, la entrada en la misma de la recurrente, comprometiéndose frente al Ayuntamiento a la urbanización y entrega futura de los inmuebles Sin embargo, considera la Sala que en el contexto de un contrato de permuta de solar por obra futura, entre una sociedad y un ayuntamiento, la asunción, por subrogación, de los derechos y obligaciones de una de las partes por otra entidad y la consiguiente liberación del permutante inicial, no constituye el hecho imponible del IVA, atendiendo a las especificas circunstancias del presente caso, en particular, que dicha liberación opera como condición o contraprestación de la subrogación y que la sociedad que formalizó el contrato original ya había tributado por IVA al haberse producido el devengo anticipado con la entrega del terreno
(Tribunal Supremo de 23 de febrero de 2023, recurso n.º 4775/2021)