Vinculación de los valores manifestados por la Administración en su página de valoración en Internet
Frente a un supuesto de comprobación de valores en el cual los datos declarados por el obligado tributario en su declaración se corresponden con los valores manifestados por la Administración en su página de valoración en Internet, manifiesta el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, en sentencia de 2 de febrero de 2011, que no puede prevalecer el criterio formalista de no haber solicitado el interesado la información conforme al art. 90.1 de la Ley 58/2003 (LGT). Es la propia Administración la que ha realizado la valoración del bien inmueble, sin que se haya acreditado el cambio de circunstancias del citado bien, sin que por otra parte se haya acreditado por la Administración un error en la aplicación del método seguido para la valoración del inmueble. Se trata, por tanto, de un supuesto de vinculación porque el contribuyente ha declarado unos datos que coinciden con los valores publicados por la propia Administración actuante.