Aplicación de los beneficios fiscales de la Ley 2/1994 a créditos convertidos en préstamos hipotecarios
La Dirección General de Tributos, en consulta de 10 de mayo de 2011, informa sobre la aplicación de los beneficios fiscales de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios a un producto de activo con garantía hipotecaria comercializado por una entidad financiera denominado comercialmente “crédito hipotecario multiopción –crédito solución”, manifestando que en cuanto mantenga su naturaleza original de crédito no tendrá derecho a la aplicación de los beneficios fiscales regulados en la Ley 2/1994 para los préstamos (exención de las operaciones de subrogación y de novación modificativa), de los cuales sí podrá disfrutar a partir del momento en que su naturaleza jurídica pase a ser, de forma irreversible, la de préstamo (conversión de crédito en préstamo).