Artículos de Tributación

La tributación de los dividendos percibidos por las instituciones de inversión colectiva no residentes a la luz de los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su aplicación por el Tribunal Supremo

La incidencia de la jurisprudencia comunitaria en la tributación de dividendos percibidos por los no residentes ha tenido importantes consecuencias. Estos efectos han alcanzado a los dividendos percibidos por las instituciones de inversión colectiva no residentes en España, cuya tributación final era superior a la que pagaban determinadas instituciones de inversión colectiva residentes. El Tribunal Supremo dictó varias sentencias, en abril de 2023, que, aplicando la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pretendían clarificar los elementos esenciales para disfrutar del beneficio fiscal, consistente en una tributación a un tipo reducido. El presente trabajo analiza los razonamientos de las resoluciones judiciales del Alto Tribunal y el traslado que se lleva a cabo de los criterios emanados de la jurisprudencia comunitaria. El régimen tributario de las instituciones de inversión colectiva no es homogéneo en los diversos países miembros de la Unión Europea, lo que conlleva la existencia de unos criterios jurisprudenciales comunitarios muy casuísticos. Además, el Tribunal Supremo no ha dado respuesta a alguna de las cuestiones que se planteaban en los autos de admisión de los correspondientes recursos de casación.

Palabras clave: dividendos; instituciones de inversión colectiva; Unión Europea; libre circulación de capitales; Tribunal de Justicia de la Unión Europea; restricciones; residencia fiscal.

Ángel Rodríguez Rodríguez
Inspector de Hacienda del Estado (España)

La limitación de los efectos temporales de las declaraciones de inconstitucionalidad y contrariedad al derecho de la Unión Europea y las vías de recuperación de los ingresos indebidos sobrevenidos

En los últimos años hemos sido testigos de importantes pronunciamientos jurisdiccionales, tanto nacionales como supranacionales, por medio de los cuales se han declarado inconstitucionales o contrarios al derecho de la Unión Europea determinados preceptos de nuestro ordenamiento jurídico tributario que habrían servido como fundamento para que los contribuyentes abonasen unos ingresos que, sobrevenidamente después, cabría calificar como indebidos. Ante esta situación se abre siempre el interrogante acerca de la posibilidad de que estos obligados tributarios puedan recuperar estos ingresos efectuados, vulnerándose su capacidad económica, como consecuencia de su posterior declaración de invalidez. Si bien, ya sea por los pronunciamientos jurisdiccionales que limitan la eficacia temporal de los fallos declarativos de inconstitucionalidad o contrariedad al derecho de la Unión, ya sea por las dificultades que plantean los cauces procesales de revisión previstos en nuestra normativa interna, las posibilidades reales de éxito de esta pretensión se han visto considerablemente mermadas en los últimos tiempos. Ante este panorama, el presente trabajo tiene por objeto el repaso de la normativa vigente en esta materia, el análisis de las principales resoluciones jurisdiccionales y doctrinales vertidas hasta la fecha y, finalmente, una opinión crítica al statu quo al que nos debemos enfrentar ante la pasividad manifiesta del legislador tributario y el hecho de que los únicos avances y retrocesos que se están produciendo en este ámbito son exclusivamente a golpe de sentencia.

Palabras clave: teoría prospectiva; declaración de inconstitucionalidad; declaración de contrariedad al derecho de la Unión Europea; responsabilidad patrimonial del Estado legislador; vías de recuperación de ingresos indebidos sobrevenidos.

Ana Belén Prósper Almagro
Doctora en Derecho.
Inspectora de Hacienda del Estado (España)

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio Estudios Financieros 2024 en la modalidad de Tributación.

El jurado ha estado compuesto por: don José Antonio Marco Sanjuán, don Agustín Fernández Pérez, don César García Novoa, don Javier González Carcedo y don Juan Ignacio Gorospe Oviedo.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

Aportación de acciones por personas físicas

Análisis de la RTEAC de 27 de mayo de 2024, RG 6513/2022

La presente colaboración versa, al hilo de una resolución del TEAC, sobre la aplicación de la norma antiabuso en las operaciones de aportación de acciones, por parte de personas físicas, a entidades tipo holding, haciendo especial hincapié en el papel y funciones de los motivos económicos válidos, así como en la técnica de regularización desplegada, en orden a la neutralización de la pretendida ventaja fiscal, esbozando los efectos colaterales que podría provocar.

Eduardo Sanz Gadea
Inspector de Hacienda del Estado (jubilado) (España)

El gravamen energético temporal sobre los beneficios extraordinarios de los operadores de energía en España: su díscola base legal europea, sus problemas de compatibilidad como medida equivalente con el reglamento de la Unión Europea

Este trabajo se centra: (i) en la legitimidad, desde una perspectiva jurídica, del gravamen temporal energético aprobado por el Reglamento (UE) 2022/1854 del Consejo, considerando el uso de la ley de emergencia; y (ii) en el contraste basado en el derecho y la jurisprudencia del TJUE con la implementación española del gravamen temporal energético sobre los beneficios extraordinarios de los proveedores de hidrocarburos para así determinar su compatibilidad con el derecho europeo. El análisis realizado nos lleva a mantener algunas dudas sobre el mecanismo legal utilizado por la Unión Europea para su aprobación, así como su compatibilidad con las libertades fundamentales de la Unión. También somos críticos con la forma de implantar en España este gravamen temporal energético previsto en el reglamento citado. Tanto el TJUE como el TEDH tendrán la última palabra.

Palabras clave: impuesto sobre beneficios extraordinarios; impuesto sobre la energía; contribución temporal de solidaridad; política fiscal de la UE; unanimidad; mayoría cualificada; contribución temporal de solidaridad española; principio de igualdad; no discriminación; principio de proporcionalidad.

Fernando Serrano Antón
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Cátedra Jean Monnet EU FairTax.
Universidad Complutense de Madrid (España)

Perspectivas de la fiscalidad de la energía nuclear en el derecho tributario ambiental en la Unión Europea: el reglamento de taxonomía de la Unión Europea y el Plan Industrial del Pacto Verde

La energía nuclear representa aproximadamente el 26 % de la electricidad producida en la UE y cada uno de los Estados miembros es soberano a la hora de decidir su inclusión en sus respectivos sistemas energéticos. El reglamento sobre taxonomía de la Unión Europea reconoce el importante papel que desempeñará esta tecnología para afrontar el reto de la descarbonización, llegando incluso a impulsar programas de desarrollo de nuevos reactores, lo cual supone nuevas perspectivas para el sector nuclear. Este nuevo horizonte plantea la necesidad unas bases comunes para configurar un régimen de imposición apropiado que reconozca la contribución de esta tecnología baja en carbono a la vista de los principios del derecho tributario ambiental de la Unión Europea y la finalidad que persigue la Propuesta de Directiva del Consejo por la que se reestructura el régimen de la Unión de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, que no es otra que garantizar la coherencia entre la fiscalidad de la energía y los objetivos climáticos de este Pacto Verde. Siendo verdes las inversiones nucleares que se lleven a cabo cumpliendo con los requisitos europeos de una gestión responsable de los residuos, al igual que las renovables, la carga fiscal que se deberá asignar a la energía nuclear será el tipo mínimo de 0,15 €/GJ, tipo que se aplicará a la electricidad, a los biocombustibles y biogás sostenible avanzados y a los combustibles renovables de origen no biológico, como el hidrógeno renovable. Este tipo mínimo deberá complementarse con los tributos que se establezcan sobre el riesgo asociado a esta tecnología de forma adecuada y, sobre todo, teniendo en cuenta que todas las centrales europeas cumplen las normas de seguridad en su operación, así como respecto a la gestión de los residuos que establece la Unión Europea para así evitar el establecimiento de tributos que lo graven repetida y acumulativamente sin ninguna finalidad extrafiscal, como ha ocurrido en España.

Palabras clave: tributación ambiental; energía nuclear; Pacto Verde Europeo; taxonomía; Unión Europea; Plan Industrial del Pacto Verde.

M.ª Ángeles Díez Moreno
Profesora de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA (España)

La tasa local sobre los residuos domésticos

La trasposición al derecho interno de las directivas comunitarias en materia de residuos impone a los entes locales una serie de relevantes obligaciones en relación con el tratamiento, reciclado, aprovechamiento y eliminación de los residuos domésticos urbanos. Su financiación se prevé a través de tasas o prestaciones patrimoniales públicas no tributarias, de obligado establecimiento. En abril de 2025 deberán estar ya aprobadas, lo que, dada su deficiente y problemática regulación, no va a ser cuestión fácil ni pacífica.

Palabras clave: tasas; entidades locales; residuos domésticos; reciclaje; pago por generación.

Juan Ignacio Gomar Sánchez
Inspector de Hacienda municipal.
Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid (España)

A vueltas con el impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables

En el presente trabajo, enmarcado en el ámbito de la fiscalidad de los impuestos especiales, se realiza un análisis de determinados aspectos relevantes del nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables que se incardina en el Ley de residuos y suelos contaminados. Se trata de un impuesto estatal, aplicable en todo el territorio español, de carácter indirecto y de naturaleza real que grava, en fase única, determinados consumos específicos, tales como envases no reutilizables que contengan plástico, los productos plásticos semielaborados destinados a su obtención o los productos de plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de estos.
En concreto, el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables recae sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de dichos productos que vayan a ser objeto de utilización en el mercado español. Además, el concepto de «envase» debe entenderse en sentido amplio; así, se define como todos los artículos diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, por lo que su ámbito objetivo se amplía extraordinariamente, así como los obligados tributarios al referido impuesto.

Palabras clave: impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables; fiscalidad medioambiental; consumos específicos.

Antonio Fernández de Buján y Arranz
Senior manager de KPMG Abogados.
Profesor contratado doctor (ANECA) de Derecho Financiero y Tributario.
CUNEF Universidad (España)

El reglamento por el que se establece un mecanismo de ajuste en frontera por carbono (MAFC)

Con la aprobación de un mecanismo de ajuste en frontera en el seno de la Unión Europea, se produce un cambio fundamental en la política medioambiental europea. En este artículo se desgranan las principales novedades y las obligaciones a las que van a tener que hacer frente los importadores.

Palabras clave: mecanismo de ajuste en frontera; política medioambiental europea; derechos de emisión; MAFC.

Pablo Renieblas Dorado
Socio de Deloitte Legal.
Inspector del Estado en excedencia (España)

La fiscalidad energética en la Unión Europea

El marco normativo de la fiscalidad energética en la Unión Europea está armonizado mediante dos directivas; una de las cuales, la de tributación específica de los productos energéticos y de la electricidad, está siendo objeto de revisión desde julio de 2021. Dicha revisión se incluye dentro del paquete de medidas conocido como «Objetivo 55» y pretende que la tributación de la energía pueda utilizarse como una herramienta más en la consecución de los exigentes objetivos de la política actual de clima de la Unión Europea. Sin embargo, es una de las pocas iniciativas de este paquete (por no decir la única) que aún no se ha finalizado debido a la regla de la unanimidad que aplica en la aprobación de las directivas en materia de fiscalidad.
En este estudio se describen los elementos más relevantes de las dos directivas que regulan la fiscalidad energética europea en la actualidad, para, a continuación, señalar los motivos por los que es necesario actualizar este marco normativo con el fin de adecuarlo a los retos climáticos plasmados en el Pacto Verde Europeo, así como las dificultades para conseguirlo.

Palabras clave: tributación energética; Directiva 2003/96/CE; Objetivo 55; energías renovables; incentivos fiscales medioambientales; Pacto Verde Europeo.

Marta Val Jiménez
Imposición indirecta. Repsol (España)

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