Pese a figurar en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea desde hace más de dos décadas, y ser corolario del principio de buena fe, no ha sido hasta fechas recientes cuando ha tenido lugar la configuración práctica del derecho a una buena administración. La silueta del mismo, en ocasiones erróneamente invocado como sinónimo del principio de confianza legítima, ha sido moldeada en los últimos años por nuestros Altos Tribunales, trazándolo como límite al exorbitante poder ejecutivo y coercitivo de la Administración tributaria.
En este trabajo analizaremos de forma práctica los criterios doctrinales y jurisprudenciales que vienen marcando la fisionomía de los principios de buena administración y de confianza legítima. Asimismo, estudiaremos si de ellos puede colegirse algún recurso que ofrezca solución a ciertas desigualdades creadas por el alcance de la Sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre, que declaró inconstitucional la forma de cálculo del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Palabras clave: buena administración; confianza legítima; buena fe; impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Luis Miguel Salas García-Neble
Economista-Abogado
Profesor en CFPI Nuestra Señora de las Mercedes (España)
Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Tributación.
El jurado ha estado compuesto por: don Vicente Climent Escriche, don Alfredo García Prats, don Salvador Llopis Nadal, don José Andrés Sánchez Pedroche y doña María Teresa Soler Roch.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.