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ARRENDAMIENTO USO DISTINTO VIVIENDA

Dos personas somos propietarias de un piso que ahora vamos a alquilar a una empresa que pondrá una oficina en él. Mensualmente creo que el propietario (arrendador) tenemos que hacer una factura con el IVA y el IRPF, mi duda es que al ser dos propietarios a nombre de quién va la factura: a nombre de los dos??? en cuyo caso, si es esto posible, cómo debería ir detallada la factura con su IVA e IRPF?? porque luego, en cuanto al IRPF, cada uno de los propietarios declararíamos el 50%. ¿No es así?
Un saludo. Gracias

Si sois propietarias en proindiviso, hay una comunidad de bienes, según el código civil. Por eso, la compra de un inmueblepor varias personas supone la constitución de una comunidad de bienes.

Si vais a destinar a alquiler ese inmueble, debiendo registrarse la Comunidad de Bienes como tal ante la Agencia Tributaria, solicitando un NIF para la misma.

La factura debe ser emitida por esa Comunidad de Bienes, ingresando en las arcas publicas el IVA devengado, deduciendo las cuotas soportadas de IVA.

Muchas gracias, no sabía lo de la comunidad de bienes. Sin embargo, si en lugar de una factura a nombre de los dos propietarios, hacemos dos facturas cada una a nombre de uno con todo dividido al 50%, ya no tendríamos que registrar esa Comunidad de bienes y por otra parte ingresaríamos cada uno la mitad del IVA, mi pregunta es si sería válida esta opción.

El sujeto pasivo es la comunidad de bienes, es la comunidad la que debería facturar. El IVA lo debería ingresar la comunidad de bienes.

Yo le expongo conforme al la normativa y el criterio administrativo, otra cuestión es que, aunque no resulta formalmente lo más correcto, mediante esa doble factura, estaría ingresando igualmente el mismo importe de IVA en las arcas públicas, y por tanto, no habría perjuicio para la Agencia Tributaria.

Un saludo.