Dilolución de condomio
Enviado por Juan Francisco el Sáb, 24/05/2008 - 13:08
Hola. En 2004 mi novia y yo compramos un piso y firmamos una hipoteca al 50%, pero en el mes de abril de 2007 realizamos una disolución de condomio, ella se quedó con el 100% piso y me compensó con una cantidad, y ahora, al hacer la declaración de la renta parece ser que tengo que devolver a Hacienda todas las cantidades de las que me he desgrabado desde el inicio de la compra del piso mas la cantidad con la que me compensó ella, eso es así? Un saludo y muchas gracias
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Cual fue la razón? Habían
Cual fue la razón? Habían pasado 3 años desde que se convirtio en tu vivienda habitual?
Sí, fue nuestra vivienda
Sí, fue nuestra vivienda habitual desde 2004, el año en que la compramos, pero en 2007 nos separamos y realizamos la disolución de condominio.
y pasaron 3 años desde que
y pasaron 3 años desde que se convirtio como vivienda habitual?...
Exactamente 2 años y 6
Exactamente 2 años y 6 meses, comenzó a ser mi vivienda habitual en Octubre de 2004 hasta Abril de 2007 que realizamos la disolución de condominio y se quedó ella al 100% como titular de la vivienda y de la hipoteca.
Sí, comenzó a ser mi
Exactamente 2 años y 6 meses, comenzó a ser mi vivienda habitual en Octubre de 2004 hasta Abril de 2007 que realizamos la disolución de condominio y se quedó ella al 100% como titular de la vivienda y de la hipoteca.
Vivienda habitual
En principio, para que esa casa sea considerara vivienda habitual tendría que constituir tu residencia durante, al menos, el plazo de 3 años.
No obstante, la normativa permite, a pesar de no cumplir el plazo de los 3 años, considerar la vivienda como habitual si concurre determinadas circunstancias: muerte del contribuyente, matrimonio, separación, empleo, y cualquier otra debidamente justificada que obligue el cambio de domicilio.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
De acuerdo, muchas gracias,
De acuerdo, muchas gracias, pero entonces tengo que devolver a Hacienda todas las cantidades de las que me he desgravado desde el inicio de la compra del piso?
Un saludo
La deducción es para la
La deducción es para la adquisición de la vivienda habitual. Si esa vivienda no tiene la consideración de habitual, los importes de deducciones por adquisición de vivienda habitual no han sido correctos y deberías regularizar la situación, a no ser que puedes argumentar que el cambio de la vivienda vivienda ha sido necesario.
De acuerdo, comprendido.
De acuerdo, comprendido. Muchas gracias por tu ayuda