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alquilar vivienda habitual y alquilar otra vivienda mas grande NO COMO NEGOCIO

Hola TODOS!

necesito ayuda, tratare de ponerlo lo mas facil posible para que se pueda entender.

Vivo con mi esposa y dos Hijos en un vivienda de 50 mts y queremos alquilar este piso y alquilar otro fuera de barcelona para mejorar la calidad de vida.
Esta vivienda habitual esta hipotecada y solo mi esposa es la que consta en la escritura. Lo hemos puesto por 750 euros y ya tenemos interesados.
Nos mudamos fuera y alquilamos por 950 euros y en principio entramos el 01 de Agosto. Mi sorpresa es que mi esposa llama hoy a hacienda y le dicen que por ser mayores de 32 no podemos desgrabar el alquiler del piso nuevo donde seremos inquilinos, que esta vivienda (la hipotecada) no podemos desgrabar por que no es vivienda habitual y que ademas tenemos que declarar los ingresos (750eur) que tendremos por el piso que nosotros ponemos en aquiler.....

ES VERDADERAMENTE INJUSTO Y ABSURDO - si no es un negocio para mi, mas que un cambio de vivienda, por que tengo que declarar ingresos, cuando en verdad no lo son, por que no estoy onteniendo beneficio alguno.

Hay alguna manera de que salga bien para todos¿?¿? es decir, ni pagar, ni que me devuelvan¿?!!!

PRIMERO: Tu actual vivienda que vas a poner en el mercado de alquiler por un precio de 750 € mes, impedirá que sigas desgravando la hipoteca por vivienda habitual, pero eso no quiere decir que no puedas obtener otro tipo de beneficio fiscal y que a veces es muy atractivo, y me explico:

Actualmente tienes un límite de beneficio fiscal, que dependiendo de cuando escrituras puede ser mayor o menor.

SEGUNDO: al alquilar es cierto que tienes que declarar el importe de lo que cobras los 750 x el n.º de meses en que lo tengas alquilado, pero a estos rendimientos le puedes restar todos los gastos que te ocasione que esta vivienda esté a disposición del Mcdo. de Alq.entre otros el importe total de los intereses que pagas al banco por la hipoteca (y sin límites), que en algunos casos supone ya por si mismos una importante rebaja en el rendimiento del alquiler, gastos de comunidad, seguro, IBI, además la amortización del inmueble que es un 3% sobre el valor de la construcción (precio real pagado menos el 30% que se estima el valor del suelo, además del IVA, gastos de notaría,....), en fin que si vas cogiendo todos los gastos, puede hasta generar rendimientos negativos y es aqui donde empezamos a hablar de beneficio fiscal, porque va directamente a minorar la base imponible del impuesto (distinta de la base I. del ahorro).

Después cuando has obtenido el rendimiento neto, si este es positivo hubiera sido conveniente tener alquilada la vivienda como habitual, ya que como mínimo se reducen en un 50%, y en determinados casos la reducción es del 100%.

Por el contrario si el rendimiento neto es negativo hubiera sido más interesante firmar un contrato de "Alquiler de vivienda de temporada" que no da derecho a reducción alguna (tampoco de los rendimientos negativos).

TERCERO: Asi que te recomiendo que previamente a firmar el contrato de alquler, hagas cuentas y selecciones al inquilino en función de tus intereses fiscales, y a esto no se le puede llamar negocio.

En cuanto a los beneficiios como inquilino, dezconozco la normativa en este sentido, sólo decirte que a nivel de Ministerio (que tramita las CCAA)existe una ayuda para menores de 35 años, es cuestión de moverse...

A pesar de todo, veo como tu injusta la situación que tienes, pero te recomiendo que trates de acogerte a todo que hay y pueda haber, pero para ello hay que estar "al día"

Saludos