VENTA VIVIENDA HABITUAL, REINVERSION POR CONSTRUCCION DE NUEVA VIVIENDA HABITUAL
Quisiera saber la opinión de un experto sobre el siguiente tema:
Si vendo mi vivienda habitual y el importe obtenido de la citada venta lo reinvierto en la construcción de la nueva vivienda , ¿ qué
plazo tengo para la reinversión ? Los cuatro años que dan para las
construcciones o solamente DOS porque la norma dice que se podrá acoger a la reinversión si la adquisición de la nueva vivienda se hace
dentro de los dos años anteriores o posteriores. Yo entiendo que solamente estos dos pero tengo dudas.
Y por otro lado, si el dinero obtenido por la venta no va directamente a la adquisición de la nueva vivienda , sino que lo hace
indirectamente, es decir, se usa para cancelar un préstamo pedido con
anterioridad para hacer frente a pagos de la construcción de la nueva vivienda y para otras cosas no relacionadas con la vivienda , en este
caso, ¿ habría algín problema o solamente podría acogerse a la reinversión el importe utilizado para cancelar el préstamo por la parte
que fue utilizado para hacer pagos para la construcciónn de la nueva vivienda. ?
Muchas gracias.
El plazo es de DOS años de
El plazo es de DOS años de fecha de escritura de venta a fecha de escritura de la nueva.
Puedes comprar la nueva y en el plazo de los dos años vender la vieja, y evidentemente la forma de reinvertir el dinero en este caso es cancelando hipoteca.
SAludos