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PLUSV.-MINUSVALIAS OP.MENORES DE EDAD

Duda tramiento IRPF.Cuando los menores de edad realizan operaciones generando plusvalias y minusvalias por venta de fondos de inversión y acciones, en IRPF ¿Se deben integrar en la renta como unidad familiar?.Si normalmente la declaración se hace individual ¿Cada coyuge se imputará el 50%? Además se han producido retencios a cuenta como consecuencia de la venta de unos fondos, que entiendo al ser menor de edad se habrán computado a los conyuges. Estas plusvalias generados por hijos son compensables con minusvalias generadas por el matrimonio?
Gracias por anticipado.

Teneis la opcion de tributar conjuntamente que estará formada por ti y tu esposa, y tu hijo menor de edad.

O presentáis todos conjuntamente, o todos individualmente.

Tu hijo, aunque sea una menor de edad, es contribuyente del impuesto, siendo sus padres sus representantes legales, teniendo, en caso de tener obligación a presentar declaración por pasarse de los límites fijados en la normativa, presentar declaración.

Por ello, no se imputa a los padres las rentas que obtengan sus hijos (ni las retenciones).

Los padres actuarían como representantes legales de sus hijos, debiendo presentar la declaración de sus hijos (si están obligados a ellos) en el nombre de ellos, y no imputarse en la declaración individual de sus padres.

OK. Pero si las declaraciones se presentan inidividualmente, por que a priori es más beneficioso, entonces los padres pueden aplicar las deduciones por hijos menores en sus declaraciones?
Gracias

Entiendo que te refieres a la reducción por mínimo por descendientes.

Ten en cuenta que te lo puedes aplicar siempre que tu hijo viva contigo y que su renta anual no supere los 8000 euros

Muchas gracias.