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URGENTE. TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

En octubre de 2007, compre una vivienda cuyos derechos tenía un señor X, con el cual formalice escritura pública de cesión de derechos, y posteriormente el mismo día formalice escritura pública con la promotora, por lo que pague el correspondiente I.V.A.
¿Sería correcto si me llegase ahora un impuesto de Transmisión Patrimonial Onerosa?¿Es compatible con el I.V.A.?¿Se podría presentar algún tipo de alegación?
Si hace falta algún dato más para que podáis contestar, comunicármelo y lo aportaré.

Un saludo, espero vuestra ayuda, gracias.

Si, te puede llegar liquidacion por TPO, al comprar el derecho de opcion a compra.

O SEA QUE ME PUEDE LLEGAR PERO NO ES SEGURO ¿SABRIA DECIRME QUE TANTO POR CIENTO ES EL QUE ME DEBE LLEGAR? PORQUE CUANDO FORMALICE LA ESCRITURA, ATRAVES DE LA GESTORÍA YA ABONE UN 1 POR CIENTO DEL PRECIO DE LA VIVIENDA, CON EL MODELO 600, "IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS", Y EN EL CONCEPTO DE DICHO MODELO APARECE: "ENTREGAS SUJETAS AL I.V.A."
TENDRÍA LA GESTORÍA ALGÚN TIPO DE RESPONSABILIDAD POR NO HABERME INFORMADO.

UN SALUDO Y GRACIAS POR SU AYUDA

A ver te explico es que tienes q diferenciar dos cosas diferentes.
Una es la compra del " derecho de compra" al particular, y otra cosa es la compraventa de la casa en si.

El conocido como Pase, devenga TPO. La cantidad que le pagastes al que iba a ser comprador y que te cambio a ti ante la inmobiliaria. Otra cosa es que lo hicieseis en negro y con connivencia de la inmobiliaria en ese caso... nada que hablar...

Por la compraventa del piso a la inmobiliaria como bien dices has pagado IVA y AJD.