Prestación de Servicios desde Extranjero (no U.E.)
Enviado por CANAIMA el Lun, 09/03/2009 - 18:30
Buenas tardes.
Vamos a empezar a trabajar con una empresa Argentina, que se dedica a la creación de páginas web. Ellos nos harán una factura que, creo, no llevará IVA; ¿qué tenemos qué hacer nosotros al recibire esa factura? Como no es importación de bienes, no pagaré el IVA en la Aduana; como no estamos dentro del marco intracomunitario, no es inversión de sujeto pasivo. ¿Es una operación exenta de IVA? ¿En el impreso trimestral de IVA lo tengo que incluir en alguna casilla?
Gracias por adelantado
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Creo que serian servicios
Creo que serian servicios electronicamente, y por lo tanto localizados en el territorio de aplicacion del impuesto. Por lo que que estarian Sujetos y no exentos. Al estar el empresario que te repercute el IVA no establecido, se produciria la inversion del sujeto pasivo, por lo que tendrias tu que ingresar el 16% de esa factura. Un saludo.
Muchas gracias por
Muchas gracias por resolvernos la duda planteada, y perdón por no agradecértelo antes.