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Ganancias patrimoniales

Hola:

En Mayo de 2000 compre una vivienda en Córdoba por 41.469,84 euros, nos concedieron un ptmo de 51086,03€. En el 2002, cancelamos ese prestamo y nos fuimos a otra entidad bancaria, y lo ampliamos a 66.900,03€.

A finales de enero de 2006, mi pareja se quedo con al vivienda, y realizamos una disolucion de comunidad, yo percibi 26.000 euros en concepto de mi renuncia a la propiedad y page una plusvalia en el notario. A la semana me traslade a Madrid.

Existe alguna posibilidad de librarme de tributar?, por casarme, por cambio de ciudad.
¿que porcentaje tendria que tributar?

He oido tambien que tienes dos años para poder invertir las ganancias patrimoniales, es asi?

Mil gracias
Thelma

Parto de que estas hablándo de tu vivienda habitual. Entiendo que le vendes tu parte a tu pareja.

La ganancia que te haya generado (diferencia entre el precio de tu parte en la venta, 26000 Euros y el precio de tu parte en la compra) tributa al 18%

Al precio de compra se le aplica un coeficiente corrector para actualizar su valor, en funcion del año de compra.

Si piensas comprarte otra vivienda habitual, hazlo constar en la declaración de renta que presentes en mayo-junio 2007 solicitando exención por reinversión. Tienes 2 años para reinvertir los 26000 Euros en una vivienda habitual, contados desde la fecha de la venta. De esta manera no pagarias nada por la ganancia.

Mara, perdona una pregunta. Eso que comentas del coeficiente corrector?, podrías explicar cómo funciona?, o dónde podría informarme?

Muchas gracias.

El coeficiente corrector se aplica para paliar el efecto de la inflacción, y por tanto actualizar el valor de adquisición.

La tabla de coeficientes para la renta 2005 fue

Entre el 31/12/1994 y el 31/12/1995 (ambos inclusive) 1,2350
Entre el 1/1/1996 y el 31/12/1996 (ambos inclusive) 1,1928
Entre el 1/1/1997 y el 31/12/1997 (ambos inclusive) 1,1690
Entre el 1/1/1998 y el 31/12/1998 (ambos inclusive) 1,1463
Entre el 1/1/1999 y el 31/12/1999 (ambos inclusive) 1,1257
Entre el 1/1/2000 y el 31/12/2000 (ambos inclusive) 1,1040
Entre el 1/1/2001 y el 31/12/2001 (ambos inclusive) 1,0824
Entre el 1/1/2002 y el 31/12/2002 (ambos inclusive) 1,0612
Entre el 1/1/2003 y el 30/12/2003 (ambos inclusive) 1,0404
Entre el 1/1/2004 y el 30/12/2004 (ambos inclusive) 1,0200
A partir de 1/1/2005 1,0000

Buenas:

Vivo con mi pareja, el cual es propietario del piso. Mi duda es la siguiente, ¿puedo invertir mis ganancias patrimoniales en su piso?

Es decir, incluirme a mi en las escrituras y mis ganancias reducirlas del prestamo hipotecario que tiene el piso.

¿Prodrìa así evitar el pagar a Hacienda el 18%?

Mil gracias de antemano.
Thelma

Estoy suponiendo que tienes unas ganancias que provienen de la venta de tu vivienda habitual, que te vas a vivir con tu pareja y le compras una parte de su casa con el importe total de la venta de tu casa.

El con el importe de "su" venta, cancela "su" hipoteca.
Tu no pagarias, pero a él se le produciria una ganancia por la parte de la vivienda que te vende y que no reinvierte y por la que sí pagaria el 18%.

Un detalle que se me ha pasado comentarte:

El piso de mi pareja actual lo compró hace menos de 3 años, con lo que entiendo que la opción de que me venda una parte le penalizaría más por lo que tendría que devolver lo que ya se ha desgrabado...

Una cosa que creo que es importante es que en Octubre de este año nos casamos.

En este caso, ¿puedo librarme de tributar los 26.000 euros si los invertimos en la hipoteca actual?
¿Al casarme (bienes gananciales), pasa el piso a ser mio también sin tener que escriturar de nuevo?

¿En qué le afectaría a el? (nuevas escrituras, tener que tributar porque yo invierta en su hipoteca los 26.000 euros,............)

Muchas gracias

Un saludo

Buenos días, y gracias por adelantado a las posibles respuestas.

Les expongo mi caso:

Junto con mi novia, compramos un piso en agosto de 2005 en el centro de Barcelona, y tuvimos que suscribir una hipoteca que constaba de dos préstamos diferentes: uno por un valor de 135.000 euros, que nos daban a nosotros; y otro por 100.500 euros sobre parte de la casa de mis padres, que sirve de aval.

Así pues, aunque el precio del piso fue de 213.000 euros, estamos hipotecados por 235.500 euros a 30 años.

Además, al hacer la hipoteca, pedimos dos años de carencia, en los que sólo pagamos intereses, y ahora (en agosto) empezamos a pagar la cuota total (amortización + intereses = 1.320 euros/mes, por la subida de los intereses en los dos prétamos desde que lo compramos).

Como vemos que nos va a costar horrores pagar esa cuota cada mes, y además queremos un cambio de vida, nos planteamos vender el piso.

Nuestras dudas recaen en el hecho de que no hemos pagado ni un duro aún de amortización del capital...

Si no me equivoco, en la venta de un piso, el vendedor corre a cargo de la comisión de cancelación de la hipoteca (en nuestro caso, el 1 por ciento, 2.355 euros), la plusvalía (unos 350 euros), más los gastos de notario/gestor para el levantamiento de la hipoteca, ¿verdad?

Además, luego habría que pagar a Hacienda las Ganancias Patrimoniales (18% de la diferencia entre nuestra venta y el precio al que compramos).

Si vendiésemos el piso a 268.200 euros (55.200 euros más que lo que nos costó, sin contar los préstamos), ¿nos quedaría un beneficio de unos 17.000 euros?

Por otra parte, no me queda claro cómo es el procedimiento de declaración a Hacienda de la ganancia:
¿Se paga sólo una vez en la Renta del año en curso?
¿Lo tenemos que pagar mi novia y yo, o se divide entre los dos?
¿Se paga sobre el beneficio en años subsiguientes?
¿Cómo se desarrolla la venta a un particular, con la hipoteca pendiente al 100%?

Muchas gracias de nuevo