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impuesto de sucesión

Buenas, les explico. Mi padre falleció en julio, no dejó testamento. Ya he hecho la declaración judicial de herederos, y naturalmente tengo el certificado de defunsión, últmas voluntades... Los herederos somos mi madre, mi hermana y yo. El tema es que después de ver a varios asesores, los 3 vamos a aceptar la herencia, ahora tenemos que hacer un inventario de todos los bienes e inmuebles, ya tengo el certificado bancario de todo lo que tenía mi padre a día de fallecimiento (cuentas, fondos, acciones..). Me queda hacer la valoración de todos los inmuebles (son 14, y esto me va tardar tiempo creo, lo voy a hacer por algún tasador, o perito..). Una vez que tenga hecho la valoración, voy primero y hago la aceptación de herencia y después pago el impuesto de sucesión o primero pago y luego hago la aceptación? Es que un asesor me recomendó hacer la valoración primero de todo y pagar el impuesto, y luego hacer la aceptación ante notario :s Cual es la forma correcta?

Buenas tardes,

En primer lugar, para poder ayudarte, debería conocer el lugar de residencia del difunto, para poder conocer la normativa aplicable a tu caso. También anticiparte, que no creo necesario que te gastes el dinero en un tasador para valorar los inmuebles. Existen unas reglas de valoración (en función de la residencia) que te permitirían ahorrarte ese dinero.
¿Habeís realizado ya el ab-intestato?
Un saludo

SV Asesor Fiscal

la residencia está en Canarias. Vamos a hacer una herencia equitativa.

En primer lugar, indicarte el orden a seguir:
1- Valoración de todos los bienes (ctas, depósitos, fondos, inmuebles, etc..)
2- Una vez realizado el inventario aceptas la herencia
3- Pagas los impuestos (tienes 6 meses desde el fallecimiento y puedes pedir una prórroga de 6 más)

También decirte de que si tu padre falleció sin testamento, no será posible aceptar la herencia a partes iguales con tu madre. Serán los hijos los herederos y en todo caso la viuda tendrá derecho al usufructo de una tercio de la herencia.

ok, pero lo que quería decir, que en vez de asignar un inmueble pa mí, otro pa mi hermana... lo que haremos es que de cada inmueble, el x % será mío, el x % de mi hermana y el x% de mi madre con su usofructo, lo que sea, siguiendo el modo normal de la ley.

es verdad que están pensando en volver a introducir el impuesto de sucesión?

Se comenta que quieren establecer un impuesto mínimo igual para cada CCAA, pero ????????????