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Herencia desde Italia

Necesito saber a que cargas fiscales puede estar sometida una persona de nacionalidad italiana, pensionista y residente en Madrid, en caso de recibir su parte correspondiente a la herencia de un hermano fallecido recientemente en Italia.
Gracias por la ayuda.

Deberás tributar. La ley dice:

Artículo 6. Obligación personal. (de tributar)

1. A los contribuyentes que tengan su residencia habitual en España se les exigirá el impuesto por obligación personal, con independencia de donde se encuentren situados los bienes o derechos que integren el incremento de patrimonio gravado.

Esto significa, que aunque tengas que pagar en Italia, aquí tambien (habría que estudiar lo que establece el convenio de doble imposición entre los dos paises, pero los convenios no suelen regular impuestos sobre sucesiones). Creo que en Italia el primer millon de euros esta exento.
Al ser de Madrid te será de aplicación la norma autonómica de dicha Comunidad. Desafortunadamente para tí, el impuesto puede ser alto. En Madrid las reducciones y deducciones van en base al parentesco, neutralizando gran parte de tributación a hijos y cónyuge, pero no tanto las que porvienen de hermanos (colaterales de segundo grado). Creo que solo podrás reducir 8.000 del valor de todo lo heredado y luego aplicarte la tarifa (muy alta).
Habría que valorar lo que heredas para poder cuantificar el impuesto.
Si precisas más información no dudes en comentarlo. Como compatriota, si necesitas tratar el tema de forma más privada quedo a tu disposición.
Buona fortuna amico. Spero la botta no sia troppo forte.
Ciao

Ciao Stefano, grazie 1000 por la información, ¿ como te puedo contactar de forma privada ?

Saludos
Gian

Sul mio mail. svcb@hotmail.com