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exencion vivienda habitual con venta antes de tres años

Tengo 78 años. En diciembre 2008 voy a vivir con mi esposo a una casa de nueva construccion que es nuestra vivienda habitual hasta que en Julio 2010 mi esposo fallece y tengo que venderla por no poder hacer frente a los gastos de la casa como viuda y para ir a vivir a otra localidad de alquiler y cerca de mi hija. Tengo derecho a la exencion por vender vivienda habitual con mas de 65 años y al tener que marcharme de la vivienda por "fallecimiento, separacion, y causas analogas " ?

En teoría no. Tienen que pasar 3 años para que tenga esta consideración para tí. Hay casos muy tasados por los cuales antes de los tres años puede tener esta consideración, como puede ser por traslado laboral y otros pero que no se suelen aceptar por la AEAT. Tiene que ser algo super probado e inevitable. Por cambio laboral a otra población, no hay problema, en el resto de casos suelen no atender a razones. Yo tuve un caso de racismo, agresiones, con denuncias etc... y no me aceptaron nada.
Además, si era la vivienda habitual de tu difunto esposo, ten presente, que en función de la Comunidad Autónoma donde residas, en la herencia te aplicastes seguramente una bonificación por la vivienda, con lo que podrías perderla al venderla sin haber pasado los 5 años o 10 según la CCAA.
Deberías mirarlo bién con un asesor antes de venderla. Bueno no se si ya lo has hecho.