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venta casa vivienda heredada y reinversion en vivienda habitual

Mi caso es el siguiente, vivienda heredada entre dos hermanos por fallecimiento de mis padres en marzo 2003. En diciembre del 2006 un hermano le vende su parte al otro (50%) y se compra posteriormente en el mismo mes, diciembre del 2006, y posterior a la venta otra. En cuanto a la vivienda heredada y la comprada era y es vivienda habitual. ¿Como se tributaria esta operación? ¿Se puede poner un ejemplo? El posible incremento patrimonial, ¿seria desgravable, al ser reinvertido el total de la venta en la nueva vivienda?

Gracias

Mi pregunta es la siguiente, mi hermano sacerdote murio no hace aún seis meses. El vivia en una casa del arzobispado pero había empezado a comprarse una casa de nueva construcción para residir en ella. esta casa empezó a pagarla hace 5 años, pero por retraso en la ejecución de la obra no ha llegado a vivirla ni habia terminado de pagarla. Mi hermana y yo hemos pagado lo que faltaba de la casa. Ahora queremos venderla a un comprador que tenemos, pero no sabemos si es mejor venderla ahora o nos conviene esperar. Existirán problemas para justificar que esta casa para el iba a constituir una vivienda habitual. Que tipo de gravamen nos afectara??

Gracias

Habéis heredado la casa y tenéis que hacer (si aún no lo habéis hecho) la declaración de herederos, para lo que hay un plazo de seis meses desde el fallecimiento de vuestro hermano. La valoración que déis a la casa en esa declaración (más los gastos de notaría, impuesto de sucesiones, registro y otros menores que pudiera haber) servirá de precio de adquisición a los efectos de compararlo con el de venta y calcular la ganancia patrimonial. Esta ganancia patrimonial tributará al 18%, sin importar cuánto tiempo haya transcurrido entre su adquisición y su venta.

La casa comprada se paga con una parte en metálico, parte obtenida con la venta del 50% de la vivienda heredada y la otra con una hipoteca. Entonces las plusvalía obtenida no tributaria por ser reinversión en vivienda habitual. Pero se supone que hasta no pasar la cantidad que se reinvierte (plusvalia) no se podría beneficiar de la desgravación por vivienda habitual. Entonces la pregunta es: ¿esa cantidad estaría en la parte de la cantidad pedida en la hipoteca o se puede aplicar en la parte en metálico (ya pagado) que sobrepasaría la deducción por reinversión en vivienda habitual?

A partir del momento en que la suma del importe pagado en metálico más las amortizaciones del crédito de la segunda vivienda habitual iguale a la cifra que sirvió de base para la deducción en la compra de la primera vivienda habitual será cuando los pagos siguientes por amortizaciones del crédito sean susceptibles de acogerse a la deducción (en unión de los gastos financieros correspondientes).

Mis dos hermanos y yo tenemos intención de vender la casa heredada recientemente de nuestros padres y tenemos dudas en lo que se refiere al impuesto a aplicar a la ganancia patrimonial que obtengamos. Nos han dicho que si se efectúa la venta durante el primer año, es de un 33% y a partir del segundo, un 18%. ¿Es cierto? ¿Es diferente en Catalunya que en el resto de comunidades?
Gracias

El 18% es lo que hay que pagar por la ganancia patrimonial obtenido en la venta de bienes y derechos en el presente año 2007 (y en el futuro), sea cualquiera la antigüedad de los citados bienes y derechos. El porcentaje del 33% no sé a qué obedece; tampoco sé si en Cataluña hay alguna especialidad; el 18% que he indicado se recoge en la vigente ley del IRPF.

sabeis alguna cosa másw de este tema, os han ido contestando, yo deje exenta la ganancia porque habia reinvertido en el mismo año de la venta

Buenos dias,

Micaso es el siguiente. Tengo heredada junto con mi madre la vivienda de mi padre fallecido ya hace unos años. Yo dispongo del 60% y mi madre del 40%. En la declaradcion de herederos se poso como valor del piso 90.000 eur.
Ahora nuestras intenciones han cambiado y queremos vender la vivienda con varias opciones. Mi pregunta es si no hay manera de rebajar el 18 % que hay que pagar a hacienda porque si la vivienda la vendemos en 185.000 eur es un verdadero paston.
- Mi madre tiene una hipoteca de 36000 eur de su vivienda habitual, y con el dinero pretendemos liquidarla.
Si pudiera ser querriamos vender tambien esa vivienda habitual y junto con el dinero sobrante comprarse una nueva.
¿Cuanto tiempo tenemos para invertir el dinero de la venta de la casa heredada? lo digo por si tardamos mucho en vender su casa habitual.
¿Si lo reinvertimos en la vivienda habitual dem i madre tambien hay que pagar el 18%?
Si yo le doy mi 60% del importe de la venta del piso heredado, tengo que pagar algo?
No se que hacer o si tenemos alguna alternativa mejor.

Gracias

Muchas preguntas, por partes.

Si vendes tu vivienda habitual ( en la q resides efectivamente mas de 3 años) y te compras otra en donde inviertas TODO LO OBTENIDO( no el beneficio si no TODO lo obtenido) esta exento de pagar.

Si no se dan los requisitos de a) vivienda habitual, o b) reinversion total de lo obtenido, tendras que pagar como ganancia patrimonial el 18 % del beneficio.

Si pagas el 18% no tienes plazo para reinvertir, en cambio si te acojes a la exencion por cumplir los requisitos si estas sometido a un plazo.

Si le das a tu madre el 60% de lo obtenido, seria una donacion que dependiendo de la comunidad tributaria de una u otra forma.

Un saludo.