¿La tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local, modalidad paso de vehículos a través de aceras y calzadas es compatible con el canon por la concesión municipal para la construcción y explotación de un aparcamiento?
La sociedad recurrente es titular de la concesión para la construcción y explotación de un aparcamiento subterráneo mixto en la ciudad de Madrid. El Ayuntamiento giró liquidación tributaria en concepto de tasa por aprovechamiento especial de dominio público local con pasos de vehículos, ejercicio 2017. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Madrid por sentencia desestimó la pretensión de no ser considerado sujeto pasivo de la tasa por paso de vehículos, al considerar que la condición de concesionario no le priva de ser sujeto pasivo del referido gravamen, pero estimando la pretensión relativa a la ausencia de hecho imponible en uno de los accesos al aparcamiento. Dicha sentencia se recurrió en apelación y el TSJ de Madrid concluyó que el planteamiento del Ayuntamiento a la hora de girar tasa por paso de vehículos, descansa en la idea de que el canon solo se satisfaría por la utilización privativa del subsuelo, pero no abarca las otras tasas que el municipio puede imponer por otras formas de utilización del dominio público que no tienen la condición de utilización de uso privativo del subsuelo, como es el aprovechamiento especial de las aceras con entrada de carruajes; sin embargo, dicho planteamiento, y la dudas acerca de la compatibilidad de abono de canon por explotación de aparcamiento municipal y tasa de vado fue resuelta en sentido negativo por la STS de 12 de Julio de 2006, recurso n.º 16/2005. La cuestión que presenta interés casacional consiste en precisar si la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público local, modalidad paso de vehículos a través de aceras y calzadas, resulta compatible con el canon satisfecho en su día por la concesión municipal para la construcción y explotación de un aparcamiento subterráneo mixto
(Auto Tribunal Supremo de 9 de febrero de 2022, recurso n.º 634/2021)