Modificación de los Reglamentos del IS e IRPF de Álava relativa a retenciones y pagos a cuenta
El día 24 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava el Decreto Foral 63/2014, de 16 de diciembre, que modifica los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades aprobados respectivamente por Decretos Forales 40 y 41/2014, de 1 de agosto.
El objeto del presente Decreto Foral es modificar los tipos de retención correspondientes a actividades profesionales en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que se fija en el 18 por ciento como norma general (aunque en virtud de la disposición adicional sexta este porcentaje es del 19 por ciento para los rendimientos de actividades profesionales en 2015), el 15 por ciento para cuando los rendimientos no superen 15.000 euros y represente más del 75 por ciento de los rendimientos del contribuyente y del 9 por ciento para el periodo impositivo de inicio de la actividad y supuestos específicos.
Se establece un régimen transitorio, para el período temporal comprendido entre el 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, con un tipo de retención del 20 por ciento para las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, rendimientos de capital mobiliario, premios y rendimientos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles.
Por lo que se refiere al Impuesto sobre Sociedades se establece un régimen transitorio para el período temporal comprendido entre el 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, para los tipos de retención o ingreso a cuenta general y para el tipo de retención correspondiente a las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva del 20 por ciento.