Selección de doctrina administrativa. Octubre 2019 (1.ª quincena)
Enviado por Editorial el Lun, 07/10/2019 - 09:20
- Sólo las uniones de hecho inscritas en el Registro de Uniones de Hecho son equiparables a la situación conyugal a efectos de poder obtener derechos y beneficios
- Deben declararse inaplicables las restricciones contenidas en la normativa interna que discriminen a los residentes en terceros países respecto a bienes o derechos objeto de tributación por el ISD
- No existe ganancia de patrimonio del titular de una administración de lotería tras acogerse al régimen de derecho privado
- Las retribuciones satisfechas por los clubes a los agentes FIFA son mayor renta imputable a los futbolistas
- Tributación de las cantidades percibidas por los eurodiputados tras cesar en sus funciones con origen en el "régimen voluntario de pensión complementaria"
- En el concurso de acreedores, el periodo impositivo concluye con la inscripción en el registro mercantil
- Liquidación final del ICIO en caso de liquidación de empresas
- Los gastos de alquiler de un inmueble sólo pueden deducirse de los rendimientos íntegros de dicho inmueble y no de otros inmuebles que se tengan alquilados
- Aunque se tenga dos viviendas contiguas con accesos independientes y con una única referencia catastral, si una de ellas se queda vacía, se han de imputar rentas inmobiliarias
- Quién pone en contacto al cedente y al cesionario en el alquiler turístico es el obligado a informar