Evolución del modelo de Colaboración Social para entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria
Desde el 10 de enero se inicia el proceso de evolución del modelo de colaboración social en la aplicación de los tributos, que permitirá que los colaboradores sociales (entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria) puedan gestionar empleados (delegados) a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, para que éstos puedan realizar a través de Internet con sus certificados de usuario trámites de los obligados tributarios. Este modelo se ha denominado Colaboración Social Delegada.
Como parte de esta evolución se ofrecerá una nueva aplicación de Alta y Gestión en el Censo de colaboradores sociales que permitirá gestionar empleados del Colaborador Social como delegados que podrán realizar trámites de los obligados tributarios utilizando certificados electrónicos de persona física o de empleado de empresa, de forma que ya no será obligatorio que los colaboradores sociales entidades privadas faciliten certificados electrónicos de representante de persona jurídica para el ámbito de la colaboración social.
Este nuevo modelo será de aplicación generalizada para las aplicaciones de la Agencia Tributaria que permitan colaboración social a partir del 1 de enero de 2020. Durante el año 2019 se irán adaptando progresivamente las aplicaciones para permitir este nuevo modelo de gestión de la Colaboración Social. En este periodo transitorio las aplicaciones mantendrán los controles que actualmente permitían la gestión de la Colaboración Social Restringida. Para ello, con esta nueva aplicación, además de gestionar empleados como delegados, se podrán seguir gestionando Colaboradores Sociales restringidos, para su uso en las aplicaciones que no estén adaptadas, de forma transitoria durante el año 2019.
Por lo tanto, al iniciarse un proceso transitorio de adaptación, en tanto que las aplicaciones que utilice no estén adaptadas, no será necesario realizar ningún tipo de gestión de empleados como delegados, toda vez que aquéllas se comportarán como hasta ahora.
Puede encontrar más información en el siguiente enlace:
Fuente: AEAT (11/01/2019)