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Venta vivienda habitual antes de tres años

Compramos un piso en Barcelona para vivir y antes de hacerlo nos salió la oportunidad de ir a la costa a llevar un negocio familiar. Lo alquilamos y al poco tiempo volvemos pues no nos va bien y a mi marido lo vuelven a aceptar en su antiguo empleo.
Hasta aquí las declaraciones todas correctas. ahora bien el trato no fue el mismo y aguanta por respeto un año y medio, en el cese pone baja por motivos personales. Encuentra un empleo en LLeida y lo acepta y durante un mes y medio va y viene cada día pero la situación nos requiere marcharnos así que vendemos el piso de Barcelona y compramos casa en LLeida. Mis preguntas son:
-Esta situación de cambio de empleo entra en las causas de venta antes de tres años?
-El precio de la venta del piso 268000 es mayor que el de compra 231000+gastos o sea que hay una ganancia pero lo invertí en los muebles y además me he quedado con la misma hipoteca 126000. Tendré que pagar o no? en caso afirmativo, cuanto?
-En el caso de tener que pagar no tengo efectivo, se puede negociar con hacienda la cantidad? y la forma de pago?.
Les agradecería me aclarasen porque no duermo desde hace dias. Gracias

Entiendo que está justificado el cambio, pero es Hacienda quien valora la situación y pruebas, en caso de que te requieran la justificación de la exención.

Parece que hay una pequeña cantidad que no se reinvierte (268000-(231000+gts))la ganancia que tributaría estaria en proporcion al importe que no se reinvierte, osea sería pequeña, y tributaría al 15% si vendiste en 2006 o al 18% si vendiste en 2007.
Con Hacienda no puedes negociar, pero puedes solicitar un aplazamiento y/o fraccionamiento del pago que conlleva el pago de interes de demora, que en 2007 es del 6,25% anual.

Te pego una consulta sobre el tema en cuestión:

TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL
SUBCAPITULO: ADQUISICIÓN VIVIENDA: CONSTRUCCIÓN ,AMPLIACIÓN, REHABILITACIÓN
REFERENCIA: 124059-VIVIENDA HABITUAL: CIRCUNSTANCIAS DE CAMBIO ANTES DE 3 AÑOS

PREGUNTA:

¿Cuáles son las circunstancias que pueden admitirse como determinantes del cambio de vivienda, a efectos del cumplimiento o no del plazo de residencia de los 3 años exigido para que una vivienda tenga el carácter de habitual?

RESPUESTA:

Se entiende por vivienda habitual la edificación en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de, al menos 3 años. No obstante, la normativa establece que se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo u otras análogas justificadas.

En cuanto a los motivos que exigen el cambio, debe entenderse que éste ha de venir avalado por circunstancias concurrentes que lo hagan exigible de manera necesaria, entendiendo por necesidad aquellas circunstancias ajenas a la mera voluntad o conveniencia del contribuyente. No obstante, la justificación podrá hacerse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, siendo la Administración Tributaria quien valore las pruebas aportadas.

NORMATIVA: Artículo 69 1.3 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Artículo 53 1 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
Consulta de la D.G.T. 1882 - 1999 , de 15 de Octubre de 1999
Consulta de la D.G.T. 2349 - 2000 , de 15 de Diciembre de 2000
Consulta de la D.G.T. 1389 - 2003 , de 23 de Septiembre de 2003

Hola, buenas tardes.
Soy nuevo en este foro y me gustaría lanzar una pregunta que a mi entender tiene miga.
Compré en planos un piso en el año 2004, teniendo domicilio fiscal en la misma población de dicho piso. Al poco tiempo, cambio mi lugar de residencia y trabajo a otra Comunidad Autónoma, pero dejo el mismo domicilio fiscal.
Retraso tras retraso, el piso me lo entregan en julio de 2007.Al escriturarlo, pongo la dirección de dicho piso en la escritura y cambio el domicilio fiscal de la última dirección de la misma ciudad, a la del piso
Como no vivo en esa población, como es lógico, quiero vender el piso y comprarme otro donde resido actualmente.
No tengo otra vivienda.
Es mi vivienda habitual? Estaré exento del 18%, al reinvertir en el nuevo piso.
Ah, por cierto, jamás he hecho una declaración de renta, por no llegar a los mínimos.
Un dato más, actualmente tengo un grado de minusvalia reconocido en la CCAA que resido del 52%. Tendré alguna ayuda o subvención en la nueva compra?
Gracias de antemano, por cualquier respuesta e interes
Saludos

Gracias por tu atención. Un saludo.

Compramos una vivienda en abril de 2002 por importe de 103.000 euros de hipoteca. En mayo de 2005 cambiamos la hipoteca a otro banco y ademas solicitamos 12.000 euros más siendo el importe total de 110.000 euros. Nos gustaría vender la vivienda por 192.000 euros. Quisiera saber si los tres años cuentan desde la primera hipoteca o desde la segunda. Cuanto tendrìa que pagar desde cada una de las hipotecas.

Hola,

he escriturado mi casa en agosto de 2007 y mi novia la suya, que está en la misma urbanización. Me ha salido un comprador para mi casa ahora (septiembre 2007) y quisiera saber qué impuestos tendría que pagar. Nos casamos en octubre, creo que por ese caso y escriturando su casa a nombre de los dos, ese pago de impuestos sería menor.

Gracias.

Un saludo.

Compre una casa en 2006 y quisiera saber cuanto tengo que pagar a hacienda si la vendo antes de transcurridos 3 años de la compra