declaracion de herederos
Enviado por encarnacion veg... el Dom, 02/03/2008 - 11:22
Somos 5 hermanos y a la muerte de mi madre, que era viuda, deja su vivienda habitual como herencia.
El notario nos dice que para hacer la declaracion de herederos debemos dar un valor a la vivienda.
El valor catastral que tiene es de 25.000 euros, pero si le damos un valor superior al catastral
tenemos que pagar impuestos por la diferencia?
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Para Encarnacion
Tras la declaracion de herederos hay que aceptar y adjudicar la herencia, es entonces cuando debe darse un valor a los bienes que la integran.
tratándose de un inmueble, hay que tener cuidado de no darle un valor inferior al valor de referencia que haya señalado su comunidad autónoma si no quiere enfrentarse con un expediente de comprobación de valores y posterior liquidación por la diferencia entre lo declarado y el valor que entiende la Admon debe darse al inmueble.
lo recomendable es darle el valor de referencia que su comunidad tenga para ese inmueble. puede pedir en notaria que se lo consulten, ir a la seccion del impuesto de su Comunidad autonoma o a un asesor fiscal o abogado. Determinadas Comunidades lo publican en su web.
Bajo ningún concepto declare el valor catastral ni uno inferior, por cuanto seguro es menor al valor de referencia autonómico.
Asesor jurídico fiscal