Indemnizacion por despido de Gerente
Enviado por aliciajimenez el Jue, 28/02/2008 - 01:03
Entiendo que por ser un gerente me es aplicable el Real Decreto 1382/1985 sobre trabajadores de alta direccion. Ahi se indica que la indemnizacion por despido que me corresponde es de 20 dias de salario por año trabajado hasta un maximo de 12. Segun me he informado esta indemnizacion no paga impuestos. Mi pregunta es, si mi empleador me paga una indemnizacion superior a esta (es decir hasta 12 salarios de 20 dias) pero igual a la señalada para los trabajadores comunes conforme se señala en el Estatuto de Trabajadores que creo que asciende a 45 dias trabajados por año de servicios hasta una maximo de 42 mensualidades, ¿tengo que pagar impuesto por esta diferencia?.
Gracias
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