No determina un menor valor de un inmueble a efectos de IBI la presencia de amianto, aunque disminuya su rentabilidad
La dificultad de adaptar la superficie a las necesidades específicas de un posible inquilino lógicamente minora el interés a la hora de alquilar el inmueble, pero el informe no contempla la incidencia que en la renta a obtener pudieran tener otros factores como la abundancia de oficinas en la zona que también menciona la demanda, y tampoco se indica si la renta que paga la embajada arrendataria es inferior al precio medio en la zona, etc, es decir, que tampoco se demuestra de manera efectiva que la presencia del amianto en la estructura constituya un factor determinante que reduzca el rendimiento económico del inmueble, por lo que no resulta aplicable el coeficiente J, (referido a la depreciación funcional o adecuación), pues el mismo no se refiere, a juicio de la Sala, a la dificultad de obtener un rendimiento económico considerado como normal o tipo en su zona, pues dichos coeficientes no se establecen desde el punto de vista de la mayor o menor rentabilidad que puede ofrecer un inmueble.
(Audiencia Nacional, de 16 de diciembre de 2016, recurso n.º 498/2015)