Inaplicación del régimen de estimación indirecta. Cambio de criterio de la AN
Con cambio de criterio y en relación con el régimen de estimación indirecta, la Audiencia Nacional, en sentencia de 23 de marzo de 2011, considera que del motivo alegado por el sujeto pasivo para no aportar datos que justificaran la totalidad de los gastos -consistente en que fue objeto de un robo en el que desapareció parte de la documentación correspondiente, lo cual justifica mediante la fotocopia de una diligencia policial-, de lo que declaró a efectos del IRPF puesto en relación con su declaración del IVA y con lo contrastado por la Administración en sus bases de datos respecto de los proveedores, se entiende que no procede la aplicación del régimen de estimación indirecta, declarándose conforme a Derecho la regularización realizada por la Administración determinando la base imponible del sujeto pasivo a través del método de estimación directa simplificada.