Un Juzgado de Burgos anula la plusvalía en un caso de venta de inmueble con pérdidas a la vista de la inconstitucionalidad del IIVTNU estatal que resolverá el TC en términos similares al gipuzkoano y al alavés
Enviado por Editorial el Mié, 05/04/2017 - 12:26Un Juzgado de Burgos anula la plusvalía exigida en un caso en el que se ha acreditado la inexistencia de incremento de valor en el terreno. La Jueza estima que el TC declarará la inconstitucionalidad del IIVTNU estatal en términos similares al gipuzkoano y al alavés, dado que no se trata de un caso aislado o que incumba exclusivamente al País Vasco
Un Juzgado de Burgos, en una sentencia de 29 de marzo de 2017, falla en contra del Ayuntamiento ante la manifestación del Tribunal Constitucional sobre la inconstitucionalidad y nulidad del IIVTNU cuando somete a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica. Este no es un caso aislado o que incumba exclusivamente al País Vasco, sino que están pendientes cuestiones de inconstitucionalidad en relación con la legislación estatal sobre la materia que, previsiblemente, serán resueltas de acuerdo con la doctrina fijada en estos casos.
Conforme a dicha doctrina y previsión, en este caso se anula la liquidación impugnada y cuyo importe debe devolver el Ayuntamiento se refiere a una transmisión de un inmueble el 15 de enero de 2016 por la cantidad de 235.000 euros, que fue adquirido el 18 de julio de 2007 por un valor de 391.842,56 euros (IVA incluido).