Método de estimación objetiva del IRPF y régimen simplificado del IVA para 2021
Enviado por Editorial el Vie, 13/11/2020 - 08:54
Se ha publicado Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA
La presente Orden mantiene la estructura de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
En relación con el IRPF:
- Se mantienen para el ejercicio 2021 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
- Se mantiene la reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.
Por lo que se refiere al IVA:
- Se mantienen para 2021 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.
- Por último, se mantiene para este período la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del IVA para las actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.
Fuente: Ministerio de Hacienda (13/11/2020)