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FACTURAS DE GASTOS

Agradecería la siguiente duda:
Tengo una factura de luz, domiciliada en la cuenta bancaria de la S.L., pero el contrato con la Compañía está a nombre de una persona física(dueño del local).Mi pregunta es si Hacienda admite estas facturas como gasto y deducción del IVA correspondiente.

Saludos

Pues tienes una factura recibida de un gasto de luz, pero para ser objeto de deducción es requsito indispensable que sea a nombre de la SL, ya que no cumple los requisitos del contenido de factura que establece el art. 6 del Real Decreto 1405/2003 de 28 de noviembre que establece las obligaciones de facturación.
Creo que la solución es llamar a la Compañia y cambiar el nombre del destinatario, que en el fondo es quien paga los recibos y sí puede ser objeto de deducción, siempre que sea de un local de negocio( no de un domicilio particular)
Muchos saludos.

PERICO
Muchas gracias Pere, por tu aclaración que coincide totalmente con lo que yo pensaba