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OBLIGATORIEDAD DE PRESENTACION RENTA

Hola, me gustaria si es posible que alguien me contestara a mi siguiente duda:
Mi hija se ha comprado un piso, y el banco le pide la declaración de la renta,
a pesar de que en el ejercicio pasado solo tuvo dos trabajos eventuales, y sus
ingresos ni de lejos llegaron al minimo exigido por hacienda, para hacer la declaracion
obligatoria, la explicacion del gestor del banco es que al haber dos o más trabajos
de diferentes empresas es obligatorio hacer la declaración aunque, no se llegue a ese
minimo.
¿es esto cierto?, porque hemos consultado en una gestoria y nos dicen , que no , que no
existe obligación de declarar y estamos un poco confundidos.
Gracias anticipadas y saludos.

Cada año, en los meses de marzo y abril tienes que presentar Comunicación a la Agencia Tributaria para solicitar tu declaración de IRPF.
1.- NO OBLIGADO: Te envia tu declaración de IRPF que si es a devolver te devuelve y si es a ingresar dice que no hace falta que realices el ingreso, ya que no estás obligado ( pero tienes tu declaración de IRPF que puedes presentar al Banco como es tu caso).
2.- OBLIGADO: Te envia el Borrador de IRPF que si es a devolver tienes que confirmar y si es a ingresar tienes que realizar el pago en el Banco. ( también tienes en este caso tu declaración de IRPF para presentar como es tu caso)
De hecho, hasta el 2 de julio de 2.011 ( cuatro años) puedes presentar la declaración o solicitar un Certificado a la Agencia Tributaria conforme no estás obligado.

Saludos.

El límite de ingresos por rendimientos de trabajo para tener obligación de declarar es de 22.000 euros si proceden de 1 solo pagador.
Si hay más de 1 pagador, el límite es de 8.000 euros siempre y cuando la suma de ingresos del segundo y restantes pagadores superen los 1.000 euros.

Saludos