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disolusion de condominio con ganancia patrimonial.

Saludos a todos. les agradeceria me contestaran al siguiente caso de IRPF a ser posible con cifras. El caso es el siguiente:
pareja casada en 1998 que compran ese mismo año un piso por 23000000 de ptas suscribiendo para ello una hipoteca por la totalidad. La propiedad es al 50%. En marzo del 2007 se divorcian y llegan al acuerdo de que la vivienda se la quedará ella a cambio de abonarle a él 3000000 de pesetas. Saldo vivo de la hipoteca en el momento del convenio de divorcio 13000000ptas quedando ella subrogada por la totalidad de la hipoteca. Valor de mercado de la vivienda: 36000000ptas aprox.
En junio de este año él adquiere una nueva vivienda habitual suscribiendo una nueva hipoteca por 24000000ptas. Se me plantean las siguientes preguntas:

Existe ganancia patrimonial para alguno de los dos conyuges? el marido debe aplicar para calcular la ganancia patrimonial la diferencia entre lo que ha pagado por hipoteca y los 3000000 acordados en el convenio con su ex-mujer o debe aplicar la regla general de la diferencia entre valor de compra y valor de venta(siendo este último el de mercado si es menor que el acordado)?

Cual seria la ganancia patrimonial que deberá imputarse la mujer en su declaración del proximo año?

Está la ganancia patrimonial del marido(en caso de que la haya) exenta por reinversion en una nueva vivienda habitual?

Se puede el marido deducir las cuotas de la nueva hipoteca en el IRPF 2008?

Esta sujeta o no la operacion a ITP?

Gracias de antemano por sus comentarios que hacen que todos aprendamos un poquito más.