Informe sobre el tratamiento en el IVA de los servicios públicos de Radio y Televisión
Como consecuencia de reiteradas solicitudes de devolución del IVA soportado planteadas por sociedades y entes que prestan los servicios públicos de Radio y Televisión, en las que dichas entidades han considerado como deducibles la totalidad de las cuotas de IVA soportadas en sus adquisiciones de bienes y servicios, la Subdirección General de Asistencia Jurídica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha emitido un informe de 22 de julio de 2014, sobre la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido de determinadas actividades efectuadas por los citados servicios públicos de radio y televisión y en especial de su régimen de deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios.
Fuente: AEAT (22/07/2014)