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Consulta sobre venta de vivienda

Hola, tengo algunas dudas sobre una venta de vivienda y la reinversión que quiero hacer.

Mi pareja y yo (somos pareja de hecho) compramos en diciembre de 2004 una vivienda en construcción en Jaén y firmamos la escritura el 11 de agosto de 2006. Esta vivienda en principio iba a ser la habitual, puesto que ella vivía en la ciudad donde estaba el piso y yo trabajaba en la construcción sin sitio fijo, iba cambiando cada cierto tiempo por las obras.

En febrero de 2005 me cambie de trabajo a Sevilla donde sigo en la actualidad y mi pareja se vino también a finales de 2005 y vivimos aquí de alquiler.

Puesto que los dos estamos aquí y a ella la han hecho fija el 1 de enero de 2007 (antes de enero estuvo en otras empresas distintas al la que la hizo fija), después de tener un año y dos semanas la vivienda (deduciéndonos en este tiempo lo correspondiente en hacienda por los pagos de entrada, plazos, etc.) la hemos vendido el 31 de agosto de 2007 para poder comprarnos una vivienda nueva.

La vivienda la compramos por unos 120.000 euros y un garaje por unos 11000, hemos vendido solo la vivienda que se ha escriturado por 171300. Parte de ese dinero ha sido para cancelar la hipoteca de unos 92000 que quedaba.

Quería saber si la reinversión en la vivienda nueva de la ganancia, aun no habiendo tenido la anterior los tres años que dice la ley estaría exenta de tributación.

No se si el motivo de trabajar en un lugar diferente al de la vivienda vendida es motivo de exención aunque se firmara la escritura después de cambiar de trabajo, ya que no se podía vender el piso antes de escriturarlo según el contrato de compraventa.

Entre las posibles causas que pueden originar la exención del pago está el matrimonio, cambio de trabajo y circunstancias análogas, ¿el estar esperando un hijo puede ser una circunstancia análoga? ¿hay un plazo para casarse por ejemplo y no tener que declarar en hacienda ese dinero de ganancia?

Me podrías decir cuanto tendría que pagar en el caso de que no pudiese evitar el pago.

Otra cosa cuando firmamos la escritura me acogí al descuento de gastos de notaria etc. por ser menor de 35 años, ¿en la próxima vivienda puedo acogerme otra vez al descuento?

Muchas gracias.