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¿duda vivienda habitual?

Tengo una vivienda habitual que termino de pagar en 2008, y en 2009 me entregan mi nueva vivienda, que será la habitual. ¿ Puedo desgravar por la vivienda nueva aunque no venda la anterior?
Ya he entregado en la vivienda nueva una cantidad superior (sin desgravar) a lo desgravado en la primera durante los años en que esta ha sido vivienda habitual.

La ley del IRPF establece que cuando se adquiera una vivienda habiendo disfrutado de deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva vivienda en tanto las cantidades invertidas en la misma no superen las cantidades invertidas en las anteriores, en la medida que hubiesen sido objeto de deducción. De esta forma, para que pueda aplicar la deducción por la compra de la nueva vivienda habitual, las cantidades invertidas en ésta deben superar las cantidades que invirtió en la anterior.