Gtos levantamiento hipoteca y el IRPF
Hola, quisiera q me aclarasen este asunto....tengo entendido q el levantamiento d la hipoteca y los gastos tienen dos lecturas....
1.si la hipoteca se levanta mientras la vivienda es residencia habitual, eso es, antes d vender la casa, esos gastos (importe q falta x pagar del prestamo+ gastos )serian inversion en vivienda con derecho a deduccion.
2.si la hipoteca se levanta despues d la venta (o el mismo dia d venta en la notaria)con los fondos obtenidos en ella, se trataria fiscalmente como importe menor a reinvertir en la siguiente compra d una vivienda habitual.
esto seria asi....teniendo en cuenta q tributo en la hacienda foral de bizkaia.
luego teniendo en cuenta q me faltan unos 60.000 Eur x pagar y si tengo intencion d vender en 2008 para comprar otra vivienda en construccion q empezaran este año(todavia no se la fecha) q me convendria mejor.
agradezco d antemano la ayuda prestada.