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Exencion por reinversion en vivienda habitual

Soy funcionario y tenia mi vivienda habitual en (Castellón), vivienda que compró el 8 de marzo del año 2001; en noviembre del año 2004 dicha vivienda es puesta en venta (pero vendida en el acto y a que eso es complicado) en dos inmobiliarias, por tanto han transcurrido mas de 3 años; el 31 de enero de 2005 compro una vivienda en (Tenerife) realizando un préstamo hipotecario con la entidad BBVA denominado préstamo hipotecario cambio de casa en el cual se gravaban los dos inmuebles, ya que en breve me trasladan a la provincia de Tenerife, entiendo que la primera vivienda sigue considerando se habitual porque he residido en ella mas de 3 años a parte me traslado por motivos de trabajo, que cuando se produce la venta del primer inmueble en 2006, destiné el importe de la venta a la cancelación del préstamo hipotecario, es más si no se hubiese producido la venta al concluir un periodo de carencia que tenia pactado con el banco hubiese tenido que amortizar la cantidad de 100.000 euros, con lo cual, el compromiso era firme de vender la primera propiedad y reinvertirlo en la actual vivienda habitual de Adeje (Tenerife), es decir, que el mismo día que vendi la primera vivienda automáticamente reinvierto 125.000 en la segunda.

Pues hacienda me dice que no me puedo acoger a la reinversion puesto que en el momento de la venta de la primera vivienda no resido en ella que para poderme acoger tengo que estar viviendo en el momento de la venta y eso es imposible puesto que me han trasladado de provincia, he hecho las aalegaciones y me siguen contestando que no , habiendo sido justamente lo que he hecho, reinvertir la ganancia, sinceramente me parece increible.

yo por mas que miro y consulto creo que llevo razon si me pudiesen aclarar algo por que me piden 10470 que tengo que pagar en breve
Aqui primero te dicen que pagues y despues recurre lo que quieras