Un nuevo episodio sobre la amortización del fondo de comercio financiero español. TGUE vs. TJUE: ¿nos encontramos ante una ayuda de estado?

Análisis de la STJUE de 21 de diciembre de 2016, asuntos acumulados C-20/15 P y C-21/15 P

El pasado 21 de diciembre de 2016, el TJUE se pronunció sobre los asuntos acumulados C-20/15 P y C-21/15 P, que tenían por objeto dos recursos de casación relativos a la consideración como ayuda de Estado de la amortización del fondo de comercio financiero derivado de adquisiciones de sociedades en el extranjero prevista en el artículo 12.5 de nuestro TRLIS. Con su pronunciamiento, el TJUE anuló las sentencias del TGUE por las que se anulaban dos decisiones de la Comisión en las que se declaraba que dicha medida debía calificarse de ayuda de Estado por entender que la Comisión no había acreditado suficientemente el carácter selectivo de la medida nacional. Con su sentencia, el TJUE, que no ha resuelto de forma definitiva sobre el fondo del asunto, ha acordado la devolución del mismo al TGUE para que se pronuncie sobre el carácter discriminatorio de la medida y sobre alguno de los motivos de impugnación que no fueron analizados en su momento.

María del Carmen Cámara Barroso
Profesora de Derecho Financiero y Tributario.
UDIMA

Sumario

1. Supuesto de hecho
2. Doctrina del tribunal
3. Comentario crítico

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 408 (marzo 2017)