USUFRUCTO VITALICIO
En la herencia de mi padre, los hijos heredamos la propiedad de la vivienda habitual, pero queda en favor de su pareja de hecho el usufructo vitalicio de la misma.
Estamos un poco preocupados por el hecho de que si se contraen deudas, se pueda embargar esa parte de la vivienda o por el hecho de que se ponga en alquiler y no se conserve adecuadamente.
Existe la posibilidad de establecer una fianza sobre dicho usufructo para asegurar la correcta conservación de la misma así como el deber de estar al corriente de los pagos que deban hacerse.
Dicho usufructo al ser vitalicio se valora economicamente mediante un porcentaje del valor de la vivienda, pero lo que no se es en cuanto se puede valorar dicha fianza y si es interesante solicitarla, ya que no sabemos si el solicitarla puede crear problemas.
Gracias y un saludo.
Aunque no entiendo
Aunque no entiendo claramente los problemas que plantea, opino:
– No es posible el alquiler, pues el uso del piso solo es para la pareja de su padre.
– Si hay deudas contra el piso (solo pueden contraerla uno de sus propietarios proindiviso) solo cabría el embargo de la propiedad de una parte del piso.
– No hay lugar a fianza por parte del usufructuario.