PERMUTA DE SOLARES
Enviado por AVM el Jue, 17/04/2008 - 08:40
En una permuta de solares (sin que exista pago en metálico alguno), ¿se tributará en IRPF por incremento de patrimonio?
En caso afirmativo: uno de los solares fue adquirido en el año 1999, pero el otro, se acaba de crear como urbano ahora, procedente de una finca rústica propiedad de uno de los permutantes ¿que valores tomaremos como referencia de adquisicion?.
Gracias
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