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Cuenta vivienda

Hola, tengo una cuenta vivienda . Mi padre me va a dar un solar y le voy a vender la mitad de dicho solar a mi novio y nos vamos a construir una casa.

-¿Puedo pagar el plusvalía y gastos de notaría y registro (que hay que pagar por la donación ),con el saldo de la cuenta vivienda ?

- El pago de licencia de obras y futuros pagos al constructor, ¿Puedo pagar yo íntegramente una factura desde mi cuenta vivienda? ¿o por cada factura, tendría que pagar yo la mitad y mi novio la otra mitad?

La duda que tengo es, si cuando hacienda me llamase el año que viene para presentarle las facturas que he pagado con la cuenta vivienda, ¿Me podrían decir que de cada factura solo me corresponde deducirme la mitad ?
Y si yo hubiera pagado dicha factura íntegramente desde mi cuenta vivienda, ¿tendría que devolver la mitad de la deducción?

Lógicamente, las facturas que pague con el saldo de mi cuenta vivienda, no me las voy a deducir , ni mi novio tampoco, ya que me deduje el importe ingresado en su día en mi cuenta vivienda.
Por eso entiendo que Hacienda no me puede exigir que tenga derecho sólo a deducirme el 50%, pero no estoy segura.

Vamos a ver si mal no recuerdo la Plusvalia y los gastos de donaciones, son gastos del donante y no del donatario, por lo que en ningun caso serian gastos deducibles y que te corresponden a ti pagar, si no a tu padre.

En cuanto al pago de las facturas por las ejecuciones de obra, evidentemente si tu relacion con tu novio, es meramente esa y no hay otra, no sois matrimonio, ni pareja de hecho ni nada, evidentemente lo unico que estais haciendo es poner en comun un patrimonio para la construccion de una casa que sera de los dos. El porcentaje de participacion en esa casa, puede ser el que vosotros acordeis, es decir, la casa puede ser un 90 % tuya y un 10% de tu novio, y en funcion a esos gastos deducirte los mismo en ese porcentaje del dinero de tu cuenta vivienda. Eso si, cuando escritureis debereis mantener el mismo porcentaje en la escritura, y despues todas las visicitudes que puedan ocurrir con la casa, seran tuyas imputables a un 90 y al de tu novio al 10 por ciento. Espero haberme expresado con claridad.

Hola, gracias por contestar.

Cuando se trata de una compra-venta, el que paga el plusvalía es el vendedor, pero en el caso de donación el que paga el plusvalía es el donatario (lo consulté en la normativa).

Vamos a ser propietarios al 50 % . Lo que yo quiero decir es que aunque al final paguemos cada uno la mitad de todos los gastos, ¿Puedo pagar yo unas facturas y él otras o si por cada factura tengo que pagar yo la mitad y el la otra mitad?

El problema es que la cuenta vivienda vence en Agosto y quiero pagar yo antes para destinar todo el saldo de la cuenta vivienda antes de Agosto. Después ya podría ir pagando él las facturas. Al final pondriamos el mismo dinero, sólo que yo empezaría a pagar antes ya que tengo prisa por cancelar dicho saldo de la cuenta vivienda. ¿Habría algun problema?

Gracias.