impuesto de matriculacion
Enviado por any el Sáb, 05/07/2008 - 03:50
Tengo una invalidez permanente total el pasado mes de abril me compre un coche y desconocia que por invalidez tengo derecho a la exencion pero no lo sabia y pague el iva el impuesto de matriculacion o sea todo. Puedo y como reclamar la devolucion? Gracias
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Impuesto Matriculación y el IVA
El impuesto de matriculación se devenga en el momento de la compra del vehículo y en caso de minúsvalia está exento si lo solicitas antes de la matriculación, y no lo puedes vender hasta los cuatro años, por lo que deberias pagar el impuesto correspondiente por incumplir el plazo.
Por ello, este vehículo no se ha acogido a la exención, pero si te la puedes aplicar si compras un nuevo vehículo, pero la norma es clara y no vale la pena reclamar.
En el tema del IVA de los vehículos a los minusválidos del 4% en vez del 16%, tambien hace falta autorización expresa de la AEAT antes de la adquisición del mismo y la autorización se aplica a un número de bastidor concreto ( o sea a un vehículo específico) y por ello tambien se tiene que solicitar antes de la compra. Aquí en el IVA se exige que la minúsvalia sea más del 33% y exige movilidad reducida de la persona.
Lo siento, debes tenerlo en cuenta para otra vez.
Saludos.