Nulidad del artículo que impide la concesión anual de opciones sobre acciones (AN 24-04-2008)
Así lo declara la Audiencia Nacional, en sentencia de 24 de abril de 2008. Señala la Audiencia que el art. 10.3 del RD 214/1999 (Rgto. IRPF), al añadir para obtener la reducción del rendimiento del trabajo derivado del ejercicio de opciones de compra sobre acciones un requisito no previsto en el art. 17.2.a) de la Ley 40/1998 (Ley IRPF) (no periodicidad anual de las sucesivas concesiones de opciones), vulnera la reserva de ley en materia tributaria e infringe el principio de jerarquía normativa, adoleciendo de un vicio de nulidad, por lo que, en el supuesto analizado, procede la reducción practicada por el contribuyente al satisfacer los dos requisitos legales (irregularidad, esto es, generación en un periodo superior a dos años y carácter inhabitual) (sentencia publicada en Normacef Fiscal, NFJ028970 y en la Revista de Contabilidad y Tributación del CEF, núm. 305-306, Agosto-Septiembre 2008).